PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 04 de Junio de 2016
V I S T O:
El Expediente Nº 2477/16 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza "MODIFICANDO EL ARTICULO 3 DE LA ORDENANZA N° 1.774 SOBRE DENUNCIAS POR ARROJAR BASURAS EN LUGARES NO PERMITIDOS". Y; ; ;
C O N S I D E R A N D O:
El texto redactado del artículo 3 de la ordenanza 1.774.
Que resulta sumamente necesario actualizar y aumentar los montos de sanciones para las contravenciones municipales establecidas en dicha Ordenanza, no con un fin recaudatorio, si no preventivo y con el firme propósito de fomentar la protección del medio ambiente. Asimismo, aplicar mecanismos de control y sanción para aquellos que arrojan basura en cualquier lugar de nuestra ciudad ocasionando un daño a otros vecinos.
Por ello.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:
ARTICULO 1º: MODIFICAR el artículo 3º de la Ordenanza N° 1.774, sobre arrojar basura en lugares no permitidos, reemplazando el monto de 50 U.F, por 100 a 500 U. F., quedando redactado de la siguiente manera: "El Infractor será sancionado con una multa de 100 a 500 U.F. En caso de reincidencia se duplicara. Será órgano de aplicación del presente artículo el Juzgado Administrativo de Faltas".
ARTICULO 2º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintinueve días del mes de Junio de dos mil dieciséis.
Dr. Gerardo Luís Urquijo
secretario
n.r.
Juan Domingo González
Vice presidente 1º
a/c presidencia