ORDENANZA Nº 1.872

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 04 de Junio de 2016

V I S T O:

El Expediente Nº 2477/16 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza "MODIFICANDO  EL ARTICULO 3 DE LA ORDENANZA N° 1.774 SOBRE DENUNCIAS POR ARROJAR BASURAS EN LUGARES NO PERMITIDOS". Y; ; ;

C O N S I D E R A N D O:

El texto redactado del artículo 3 de la ordenanza 1.774.

Que resulta sumamente necesario actualizar y aumentar los montos de sanciones para las contravenciones municipales establecidas en dicha Ordenanza, no con un fin recaudatorio, si no preventivo y con el firme propósito de fomentar la protección del medio ambiente. Asimismo, aplicar mecanismos de control y sanción para aquellos que arrojan basura en cualquier lugar de nuestra ciudad ocasionando un daño a otros vecinos.

Por ello.

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A:

ARTICULO 1º: MODIFICAR el artículo 3º de la Ordenanza N° 1.774, sobre arrojar basura en lugares no permitidos, reemplazando el monto de 50 U.F, por 100 a 500 U. F., quedando redactado de la siguiente manera: "El Infractor será sancionado con una multa de 100 a 500 U.F. En caso de reincidencia se duplicara. Será órgano de aplicación del presente artículo el Juzgado Administrativo de Faltas".

ARTICULO 2º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintinueve días del mes de Junio de dos mil dieciséis.

Dr. Gerardo Luís Urquijo

secretario

n.r.

Juan Domingo González

Vice presidente 1º

a/c presidencia

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