ORDENANZA Nº 1.883

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 18/08/2016

 

V I S T O:

El expediente Nº 2.491/16 del Honorable Concejo Deliberante, que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre "Creación del Registro Único de Beneficiarios del Hábitat Social". Y; ; ;

C O N S I D E R A N D O:

La necesidad de tener un instrumento unificado para los beneficiarios de programas sociales del hábitat para el Municipio de Goya.

Que este instrumento es necesario para poder recabar información de las personas y las viviendas existentes en terrenos municipales de la ciudad de Goya.

Que responde a la conveniencia de individualizar los datos de aspirantes a beneficios sociales. El modelo de gestión local pretende la regularización dominial y la planificación territorial.

Sirviendo como herramienta para coordinar la oportuna utilización de los terrenos municipales y definir simultáneamente las prioridades en materia de hábitat, sustentabilidad ambiental, y derecho a la ciudad.

A lo que se agrega la necesidad de integrar el concepto de habitabilidad. Por un lado, como propuesta para sumar diferentes visiones de la realidad social, sobre el tema de asentamientos informales. Por otro lado, como estrategia para reunir reseñas y testimonios acerca de los distintos requerimientos para la asignación los de los beneficios relacionados.

Siendo su objetivo promover la adjudicación transparente de vivienda única a familias necesitadas con derecho al acceso a una vivienda digna, inhibiendo manipulación de oportunidades y facilitando la transparencia de los Programas Sociales.

Esta base actualizará los datos, con carácter de declaración jurada, cada dos años cada vez que sea necesario.

Que de acuerdo al art. 47º de la Carta Orgánica Municipal la Municipalidad planeará el desarrollo urbano atendiendo al interés general.

El plan propenderá a:

1) Una mejor calidad de vida de los habitantes, evitando la marginación.

2) Atender las pautas dadas por los organismos internacionales en la materia y las que                            se refieren al ambiente.

3) Prever la infraestructura de servicios.

4) Crear bancos de tierra y reservas para la ampliación del radio urbano, etc.

Por ello.

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A:

ARTICULO 1º: CREAR EL "REGISTRO ÚNICO DE BENEFICIARIOS DEL HÁBITAT SOCIAL"; para la regularización de los asentamientos de terrenos pertenecientes a la Municipalidad de Goya.

///Corresponde a la Ordenanza Nº 1.883

ARTICULO 2º: LA BASE DE DATOS del mencionado Registro estará referenciada a cada plan social que otorgue en manera de subsidio, suelo, vivienda total o parcial a una familia. Siendo necesarios plasmar los datos personales del titular y su composición familiar y todos aquellos que permitan determinar su georeferenciación. La registración podrá realizarla toda persona mayor de edad o emancipado.

ARTICULO 3º: TODO programa social que entregue beneficios, en forma de subsidios o créditos blandos para vivienda única debe consultar el listado de beneficiarios y realizar el registro de sus nuevos beneficiarios.

ARTICULO 4º: EL ÓRGANO DE CONTRALOR de las presentaciones municipales ante el Registro Único de Beneficiarios del Hábitat Social es la Secretaría de Planeamiento de la Municipalidad de Goya.

ARTICULO 5º: LA ADMINISTRACIÓN del Registro Único de Beneficiarios del Hábitat Social estará a cargo de la Secretaría de Desarrollo Humano y Promoción Social, que propondrá la lista de adjudicatarios.

ARTICULO 6º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diez días del mes de Agosto de dos mil dieciséis.

Dr. Gerardo Luís Urquijo

Secretario

Juan Domingo González

Vicepresidente 1º

a/c Presidencia

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