ORDENANZA Nº 1.905

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 17/11/2016


V I S T O:
La necesidad de brindar protección y resguardo a los perros que carecen de un hogar. Y; ; ;


C O N S I D E R A N D O:

Que existen en nuestra ciudad innumerable cantidad de perros que carecen de un hogar.
Que los mencionados canes son los que comúnmente se conocen como “callejeros” y quedan siempre expuestos a las condiciones climáticas, tanto frio, como calor o lluvia.
Que el estado municipal en mira de tratar de paliar la situación de calle de las mascotas reseñadas, deberá instalar casillas que servirán de refugios para las mismas.

Por ello.

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A:


ARTICULO 1º: INSTALAR en las plazas de la ciudad de Goya “Casas Refugios Para Perros sin Hogar” que servirán de protección para los canes en situación de calle.

ARTICULO 2º: El Municipio a través de la Dirección correspondiente evaluara la cantidad y calidad de las casillas a colocarse, como así también el lugar de colocación de las mismas.

ARTICULO 3º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar los ajustes presupuestarios necesarios para la implementación y posterior ejecución de la presente Ordenanza.
ARTICULO 4º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los dieciséis días del mes de Noviembre de dos mil dieciséis.


Dr. Gerardo Luís Urquijo
Secretario

Juan Domingo González
Vicepresidente 1º
a/c Presidencia


n.r.

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