ORDENANZA N° 1.219

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 07 DE SEPTIEMBRE DE 2004


VISTO:

El Expediente N° 1.184/04 del H.C.D. que contiene el Proyecto de Ordenanza Declarando Patrimonio Histórico Cultural de Goya a la Capilla de Nuestra Señora del Buen Consejo (Capilla del Diablo) de Colonia Carolina;

Y CONSIDERANDO:

Que este año se cumplen los cien años de la construcción de la Capilla de Nuestra

Señora del Buen Consejo de Colonia Carolina

Que esta Capilla    , conocida popularmente como la Capilla del Diablo, fue

construida en 1904 por Don Lorenzo Tomasella, inmigrante italiano, proveniente del pueblo de Teviso, Venecia y que llegó a la Argentina en 1899, recientemente enviudado y con ocho pequeños hijos.

Que la misma fue levantada en cumplimiento de una promesa efectuada en oportunidad del viaje en barco desde Europa y con motivo de una tempestad que amenazaba con la vida de Don Lorenzo Tomasella y toda su familia.

Que la misma fue diseñada y construida por don Lorenzo Tomasella en terreno de su propiedad, en la suerte de chacra del plano fundacional de la cotonía. Tiene el frente al oeste, sobre la calle, divisoria de suerte, que lleva el nombre de "Lorenzo Tomasella", de acuerdo a la Ordenanza N° 772 del 27 de diciembre de 1996.

Que, de acuerdo a una descripción del año 1907, cuando fue concluida la construcción, sus características son las siguientes:

·        La capilla mide unos 4 metros de frente por 12 de fondo.

·        La parte posterior es semicircular, con un rado de 4 mts.

·        El altar está encuadrado por columnas unidas por medio arco a unos 2 mts. del techo y separadas del sector de bancos por barandas de madera tallada y lustrada por el Sr. Lorenzo Tomasella.

·            El campanario de unos 8 mts. de altura, de forma cuadrangular de más de un metro de lado, fue construido en el lado izquierdo, al norte. Tiene dos aberturas con arco de medio punto de cada lado. La parte superior de unos dos metros culmina en punta, coronada por una veleta de metal y capiteles en los cuatro extremos con una cruz pequeña en cada uno.

·        La sacristía, de dimensiones pequeñas a continuación del campanario, tomando parte posterior, en el mismo plano. Tiene comunicación con el altar y con el exterior,

·        El techo es de zinc sobre tirantes, de estilo rústico, a dos aguas a partir del sector Abovedado.

·        El frente es sencillo, de estilo románico como todo el edificio, con una elevación central en arco en cuyo centro está una cruz labrada y dos capiteles a los costados con cruces pequeñas en cada uno.

·        La abertura central es de algarrobo tallada por Tomasella. Tiene dos ventanas con vidrios a los costados,

·        Ingreso de vereda de ladrillos que continúa bordeando la capilla,

·        Ladrillos asentados en barro, paredes alisadas y pintadas a la cal. Piso de

cemento liso,

·         Cerco de alambre y postes. Portillo de hierro y tejido, árboles y plantas de jardín. En 1908, el constructor y donante, viajó a Italia, de donde trajo dos campanas de bronce y campanillas para el altar, ornamentos para el sacerdote y todo lo necesario para la misa. Una de las campanas la donó a la Iglesia de N. Señora del Carmen, en construcción, en Colonia Isabel Victoria.

En la misma fecha construyó un enorme cuadro de madera tallada con su marco formando un conjunto de figuras humanas torturadas con víboras de distintos tamaños, representando escenas de los Césares romanos cuando torturaban a sus semejantes. De ahí que le adjudicaron el nombre de "Capilla del Diablo". De 1909 a 1912 construyó una estatua de madera tallada en un solo trozo de algarrobo, donado por el vecino, señor Gregorio Segoyia. Representa a la virgen llamada del "Buen Consejo", con el niño en un brazo. Éste sostiene en una mano una esfera pequeña con la cruz simbólica. A partir de aquí el nombre adjudicado por los nativos de "Capilla del Diablo" fue reemplazado por el de "Buen Consejo". También talló en madera la parte superior del altar, formando, en apariencia, dos árboles con sus ramas entrelazadas y adornadas con flores talladas y de hojalata pintadas con colores vivos"(Del Libro Histórico de la Escuela N° 512 - 15/10/1931)

Para el altar inferior, de mampostería, talló seis candelabros grandes de nueve velas y seis candeleras más pequeños todos del mismo estilo que el altar: ramas, flores y colores vivos.

Las velas eran elaboradas artesanalmente en moldes metálicos traídos de Italia.

La campana de 40 cm. De diámetro y unos 60 de altura con decorado en relieve tiene inscripto "B. V. Buon Consiglio - Colonia Carolina - 1904”

Que, a pesar de los saqueos a que ha sido sometida la Capilla mantiene los rasgos originales que le dan un gran valor histórico y cultural, además del afectivo y religioso para los vecinos y familiares de su creador, integrando, por tales cualidades, el circuito turístico de Goya.

Que la misma, además, ha adquirido un valor que trasciende el ámbito de lo estrictamente religioso por cuanto es el sitio depositario de la fe y unidad de la familia de su artífice, que la valora y cuida como testimonio vivo de esa heredad.

Que es potestad y responsabilidad del Municipio preservar el patrimonio histórico y cultural del Departamento de Goya, tal como lo prescriben los artículos 20°, 21° y 22° de la Carta Orgánica Municipal.

Que la Ordenanza N° 1.155/03 creó el Registro del Patrimonio Histórico Cultural de Goya, estando vigente la adhesión del Municipio a la Ley Provincial N° 4.047/85.

Que el artículo 6o de la Carta Orgánica Municipal establece que la jurisdicción territorial del Municipio de Goya se extiende a la totalidad del Departamento.

Por todo ello

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO,

ORDENA:

ARTICULO 1o: DECLARAR PATRIMONIO HISTÓRICO CULTURAL de GOYA a la capilla de NUESTRA SEÑORA DEL BUEN CONSEJO conocida como la "CAPILLA DEL DIABLO", ubicada en Colonia Carolina, Departamento de Goya, construida por don Lorenzo Tomasella, destacado inmigrante italiano, en 1904, en un terreno de su propiedad, hoy perteneciente a sus descendientes.

ARTICULO 2o: DISPONER su inscripción en el Registro del Patrimonio Histórico Cultual de Goya.

ARTICULO 3o: REMITIR copia de la presente a los descendientes de don Lorenzo Tomasella, y apoyar todas las gestiones que los mismos realicen para obtener los beneficios de la legislación nacional y provincial sobre protección, conservación y restauración de los bienes que integran el patrimonio cultural para su utilización en la Capilla Nuestra Señora del Buen Consejo.

ARTICULO 4o: COMUNIQÚESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-

Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de Agosto de dos mil cuatro.-

 

                      Dr. Gerardo Luis Urquijo                                             Dr. Hugo Adrian Vilas

                              Secretario                                                                      Presidente

 

                            

 

         

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