ORDENANZA Nº 687

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 22 DE NOVIEMBRE DE 1995


Visto:

La Ordenanza Nº 616/94, de Estacionamiento Medido y Arancelado; y,


Considerando:

Que en su artículo 4, apartado c) se requiere para eximir del pago a los Propietarios de vehículos, que tenga su domicilio real en la zona sometida al sistema, la presentación de documentación en fotocopia autenticada ante Escribano Público.

Que el mencionado trámite, causa a los vecinos un gasto que puede ser evitado, ya que el Municipio tiene medios suficientes como para constatar dicha situación.

Por todo ello:


LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Modifícase el artículo 4, apartado c) de la Ordenanza Nº 616/94, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Para estacionar con el beneficio establecido en este artículo, se deberá adherir en la parte interna, ángulo superior derecho del parabrisas una tarjeta no descartable, expedida por la Municipalidad, que tendrá las siguientes menciones: Nombre y Apellido del beneficiario, Documento de Identidad, Domicilio Real, Datos del Vehículo, Número de Resolución que otorga el beneficio y firma del funcionario municipal autorizante. Para hacerse acreedor al beneficio establecido deberá presentarse ante la Municipalidad una solicitud que contenga los datos personales del solicitante y los del vehículo, a la que se adjuntará: Certificado de Dominio, Fotocopia Autenticada del Título de Propiedad del Vehículo, del Título de Propiedad, Boleto de Compraventa o Contrato de Locación del inmueble, Recibo de Pago de Patente actualizado y Certificados de Libre Deuda Municipal y del Tribunal de Faltas. El beneficio está limitado a la cuadra del domicilio del propietario, ya sea que lo conduzca éste o una persona autorizada por el mismo.".

Art. 2 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 22 días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y cinco.

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