PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 09 DE DICIEMBRE DE 1997
Visto:
El Expediente Nº 626/97 del Honorable Concejo Deliberante, que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Regularización de Terrenos Municipales (adjudicación en venta a la Sra. María Itatí Castañeda); y,
Considerando:
El Expediente "C/2221/97" por el cual la Señora María Itatí Castañeda, solicita la compra del terreno donde se halla viviendo.
Que el inmueble solicitado se halla debidamente inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.
Que el solicitante se halla viviendo e introdujo mejoras en el respectivo inmueble (lote).
Que se halla dentro de las condiciones establecidas dentro de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.
Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada no existe impedimento para lo solicitado.
Por todo ello, y en virtud a las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal vigente:
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Adjudicar en venta a la Sra. María Itatí Castañeda M. I. Nº 14.407.008, casad4, domiciliada en Fray Luís Bolaños Nº 79, de esta Ciudad; el Lote Nº 45 de la Manzana Nº 96, constante de 8,00 mts. de frente e igual contrafrente por 28,12 mts. de fondo e igual contrafondo; lindando al Norte: Lote Nº 44 (propiedad de la Señora Lucía Angélica Escobar); al Sur: Lote Nº 23 (propiedad de la Señora Emerlinda Catalina Silvero); al Este: parte de los lotes Nº 29 y 30 (propiedad municipal) y al Oeste: calle Fray Luís Bolaños; con una superficie total de 224,9448 mts.2, de acuerdo al duplicado de Mensura Nº 2.806-N. Inscripto (dentro de una mayor extensión) en el Registro de la Propiedad Inmueble Corrientes, en el Libro Diario Nº 6.079, Matrícula 2.651, Departamento de Goya, en fecha 12/06/78; en la Dirección General de Catastro Corrientes, bajo Adrema I1-16670-1; y en Catastro Municipal Tº 42, Fº 16.349 Año 1.978.
Art. 2 - El precio de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.
Art. 3 - La Municipalidad de Goya no responderá por evicción ni vicios redibitorios.
Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Venta en la forma y condiciones establecidos en la presente Ordenanza, como así también agregar todo lo que sea en resguardo de los intereses municipales.
Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a Firmar la pertinente Escritura Traslativa de Dominio, una vez abonado el total del precio establecido.
Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 9 días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y siete.