ORDENANZA Nº 981

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 16 DE  DICIEMBRE DE 1998


Visto:

El expediente Nº 760/98 del Honorable Concejo Deliberante, que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Regularización situación terreno Municipal, adjudicación en venta al Señor Juan Carlos Morlivo y Sra. Estela Maris Díaz; y,


Considerando:

El expediente "D/170/98" por el cual el Sr. Juan Carlos Morlivo y la Sra. Estela Maris Díaz, solicitan la compra del terreno donde se hallan viviendo.

Que el inmueble solicitado se halla debidamente inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.

Que el solicitante se halla viviendo e introdujo mejoras en el respectivo inmueble (lote).

Que se halla dentro de las condiciones establecidas dentro de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada no existe impedimento para lo solicitado; insistiendo el cumplimiento por parte del compradora, del nivel de Cota Fundacional conforme a la Ordenanza respectiva.

Por todo ello, y en virtud a las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal vigente:


                                LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Adjudicar en venta al Sr. Juan Carlos Morlivo, D.N.I. Nº 11.372.894 y a la Sra. Estela Maris Díaz, D.N.I. Nº 14.608.285, ambos domiciliados en calle Catamarca Nº 2.049 de esta ciudad, el Lote Nº 3 de la Manzana Nº 510 del Plano Oficial de la Ciudad, de acuerdo al Duplicado de Mensura y División Nº 3.012-N; constante de 7,00 mts. de frente e igual contrafrente por 28,18 mts. de fondo e igual contrafondo; hallándose dentro de los siguientes Límites y Linderos: al Norte: el Lote Nº 2, al Sur: el Lote Nº 4, al Este: el Lote Nº 13; y al Oeste: la calle Catamarca. Con una superficie total de 196,1328 mts2. Inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble Corrientes Ctes.(dentro de un mayor extensión) Bajo Libro Diario Nº 29 -Folio 746 - Nº 11.384 - en fecha 08/05/12; en la Dirección General de Catastro (dentro de un mayor extensión), bajo Adrema: I1-18353-1 y en Catastro Municipal (dentro de un mayor extensión) Tº 61 Fº 25.726, año 1.997.

Art. 2 - El precio de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Art. 3 - La Municipalidad de Goya, no responderá por evicción ni vicios redibitorios.

Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Venta, en la forma y condiciones establecidas en la presente Ordenanza, como así también agregar todo lo que sea en resguardo de los intereses Municipales.

Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar la pertinente escritura traslativa de dominio una vez abonado el total del precio establecido.

Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 16 días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

Copyright © 2008 - 2024 | Honorable Concejo Deliberante. Diseño: IN-CO-NE - Goya (Ctes.)