ORDENANZA Nº 1.007

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 12 DE MAYO DE 1999


Visto:

El Expediente Nº 779/99 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre "Erradicación de Pediculosis"; y,


Considerando:

El artículo 15 de la Carta Orgánica Municipal.

Que, la pediculosis capitis (piojos), es una parasitosis de alta incidencia y prevalencia en nuestro país y en nuestra provincia, atacando principalmente a los niños en edad escolar.

Que, en su propagación intervienen factores socio económicos, culturales, mala nutrición, hacinamiento, viviendas precarias, malos hábitos higiénicos.

Que, por todos los factores expuestos anteriormente, es que se ha estudiado y desarrollado una droga, realmente Ovicida y Pediculicida, como es la Ivermectina (bien conocida por los veterinarios), de gran seguridad y tolerancia; administrándose a los niños desde el año de edad (200 Mcgrs. por kg. de peso), en única dosis en forma oral.

Que, la droga mencionada es de muy bajo costo (u$a 0,30 por dosis) y además atóxica, con el beneficio adicional de que la droga es una gran Antiparasitario Múltiple.

Por todo ello:


                               LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Cuando la Secretaría de Bienestar Social Municipal, dentro de lo presupuestado para medicamentos adquiera Pediculicidas, privilegiará la compra de Ivermectina en sus diferentes presentaciones comerciales y de uso humano y de vía oral.

Art. 2 - La Partida Presupuestaria afectada a su adquisición será la 6.06.1.2.07.00.

Art. 3 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 12 días del mes de mayo de mil novecientos noventa y nueve.

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