ORDENANZA N° 1.429

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 12 DE SEPTIEMBRE DE 2009

V I S T O:

 El expediente Nº 1.556/08 que contiene un Proyecto de Ordenanza sobre “APROBACION FINAL DEL PLAN ESTRATEGICO PARTICIPATIVO”, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.   Y;;;;;;;;;;;;;;;;

 

C O N S I D E R A N D O:
Que el Plan Estratégico Participativo de Goya fue desarrollado inicialmente en el año 2.001 con auspicio de la Municipalidad de Goya y el apoyo de la Empresa Massalín-Particulares S.A. y presentado a las autoridades electas en diciembre de 2.001.
Que, por distintas circunstancias, en especial la profunda crisis económica, social y política que soportó el país en el 2.002; impidieron que el mismo fuera aplicado adecuadamente.
Que, en el proceso de elaboración participaron además de las autoridades y funcionarios Municipales, diversas instituciones y ciudadanos de Goya lo que le dio el carácter de participativo además de estratégico.
Que, las autoridades municipales electas y que asumieron el 10 de diciembre de 2.005 decidieron retomar y actualizar dicho Plan Estratégico dando inicio a un nuevo proceso durante el cual se estableció una nueva visión de Goya para el año 2.016, la que debe guiar los pasos del futuro desarrollo sustentable de nuestro Departamento.

Que para que ello tenga aplicación efectiva es necesario darle el marco institucional correspondiente, a fin de que se transforme en una herramienta para el desarrollo de las políticas públicas y privadas que tiendan a la búsqueda del cumplimiento de los objetivos propuestos, lo que implica hacerlo de cumplimiento obligatorio para los decidores municipales y guía efectiva para los demás actores
Por todo ello;

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:

 

 

ARTICULO 1º: APROBAR el documento final del PLAN ESTRATEGICO PARTICIPATIVO DE GOYA, presentado por la Mesa Ejecutiva del COCE el día 22 de diciembre de 2.007 en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Goya.-

 

ARTICULO 2º: EL DEPARTAMENTO EJECUIVO MUNICIPAL deberá tener en cuenta las metas establecidas en la Visión, si las circunstancias así lo ameritan; así como los objetivos previstos en cada eje estratégico; los que podrán ser financiados con el Presupuesto Municipal.-

 

ARTICULO 3º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.

 

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los tres días del mes de septiembre de dos mil ocho.-

 

                                                  

 

 

                                    Dr GERARDO LUIS URQUIJO                MABEL S. BARRILE DE MARTINEZ
                                                  Secretario                                                        Presidente

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