ORDENANZA N° 1.440

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 13 DE NOVIEMBRE DE 2008


V I S T O:

El Expte. Nº 1.585/08 del H. Concejo Deliberante que contiene el proyecto de Ordenanza s/"adjudicación en venta terreno municipal al Sr. José María Flores" remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal. Y;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;,,,

 

C O N S I D E R A N D O:
 El Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal (exptes. Nos.7654/06 y 13041/08), donde obra la solicitud de compra del terreno donde se halla viviendo el señor José María Flores.
Que el inmueble solicitado está inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.
Que el solicitante se halla viviendo en el respectivo inmueble (lote) hace varios años.
Que se halla comprendido dentro de las condiciones establecidas en la Ordenanza Municipal Nº 723/96.
Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada, no existe impedimento para lo solicitado.
Por ello y en virtud de las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal.
 Por todo ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:

 

 

ARTICULO 1º:ADJUDICAR en venta al señor JOSE MARIA FLORES D.N.I. Nº 04.053.549, domiciliado en calle Fray Luís Bolaños Nº 49 de esta ciudad; UNA FRACCION DE TERRENO UBICADA EN LA MANZANA Nº 96 INDIVIDUALIZADA COMO LOTE Nº 42 Dup. Mensura Nº 2806-“N“, constante de 8,00 mts de frente al Oeste sobre Pasaje Fray Luís Bolaños Nº 49, 28,12 mts. De fondo al Norte con iguales contrafrente y contrafondo con una superficie de 224.9448m2, figura inscripto en el Registro de Propiedad Municipal , en mayor extensión, a nombre de la Municipalidad de Goya en el Tomo 42 Fº 16.349, Nº de Orden: no tiene por ser Municipal; se da de alta al escriturar Adrema I1-16.667, en el Registro de la Propiedad Inmueble en el Libro Diario Nº 6.079 Folio Real Matrícula Nº 2.651 de fecha 12/06/1978.-

 

ARTICULO 2º: EL PRECIO de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el Artículo 5º de la Ord. Mpal. Nº 723/96.-

 

ARTICULO 3º: LA MUNICIPALIDAD DE GOYA no responderá por evicción ni vicios redhibitorios.-

 

ARTICULO 4º: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL suscribirá el CONTRATO DE VENTA en la forma y condiciones establecidas en la presente Ordenanza, como así también agregar todo lo que sea en resguardo de los intereses Municipales.-

 

ARTICULO 5º: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL firmará la pertinente Escritura Traslativa de Dominio una vez abonado el total del precio establecido.-

  

ARTICULO 6º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.-

 

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los doce días del mes de noviembre de dos mil ocho.-

 

 

 Dr. GERARDO LUIS URQUIJO

             Secretario

 

    

MABEL BARRILE DE MARTINEZ

              Presidente 

 

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