ORDENANZA Nº 1.564

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 11 DE OCTUBRE DEL 2011

V I S T O:

El expediente Nº 1.814/11 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza “ADJUDICANDO EN VENTA TERRENO MUNICIPAL AL Señor EUGENIO MANUEL ALEGRE". Y; ;

 

 

                                                                                                                                                                       

 

C O N S I D E R A N D O:

                    

 

El expediente Nº 29-06-11.263/11 por el cual el señor EUGENIO MANUEL ALEGRE solicita la compra del terreno donde se halla viviendo con su grupo familiar.

 

Que el inmueble solicitado se halla inscripto a nombre de Municipalidad de Goya.

 

Que el solicitante se halla viviendo en el respectivo inmueble (Lote) desde hace varios  años.

 

Que se halla comprendido dentro de las condiciones establecidas en la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

 

Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada, no existe impedimento para lo solicitado.

 

Por ello y en virtud de las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal.

 

 

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 

 

 

O R D E N A:

 

 

ARTÍCULO 1º: ADJUDICAR en venta al señor EUGENIO MANUEL ALEGRE D.N.I. Nº 11.456.796 domiciliado en calle Puente Pexoa Nº 737 de esta ciudad, UNA FRACCION DE TERRENO UBICADA EN LA MANZANA Nº 36 INDIVIDUALIZADA COMO LOTE Nº 17 del Dup. Mensura Nº 4.555-“N” sito en el Pasaje Pexoa Nº 737  constante s/Mensura de 11.oo m de frente al Sur s/Pasaje por 21,60 m. de fondo al Este, con iguales contrafrente y contrafondo; encerrando una Superficie de 237,38m2., dentro de los siguientes linderos s/Mensura: NORTE: Fracción Nº 4; SUR: Pasaje (s/Mensura), Pasaje Puente Pexoa s/Catastro; ESTE: fracción  Nº 16 y OESTE: Parcela Nº 18, figura inscripto en mayor extensión  a nombre de Municipalidad de Goya en Fº Real-Matrícula Nº 13.992 – Año 1995, en la Dirección General de Catastro de la Provincia bajo Adrema: I1-11.413-1 (no está desglosado, incluye casi toda la fracción Sur de la Manzana Nº 36), en el Registro de Propiedad Municipal también en mayor extensión en el Tº 60 – Fº 25.405 – Año 1996, en Catastro Municipal bajo Nº de Orden: 19.996.-

 

ARTICULO 2º: EL PRECIO de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el Artículo 5º de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.-

 

ARTÍCULO 3º: LA MUNICIPALIDAD DE GOYA no responderá por evicción ni vicios redhibitorios.-

 

ARTÍCULO 4º: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL suscribirá el CONTRATO DE VENTA en la forma y condiciones establecidas en la Ordenanza Nº 723, como así también agregar todo lo que sea en resguardo a los intereses Municipales.-

 

ARTICULO 5º: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL firmará la pertinente Escritura Traslativa de Dominio una vez abonado el total del precio establecido, conforme al artículo 10 de la Ordenanza Nº 723.-

 

ARTICULO 6º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-

                                               

 

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los cinco días del mes de Octubre de dos mil once.-

Dr. Gerardo Luis  Urquijo
         Secretario

Mabel S. Barrile de Martínez
Vice Presidente 1º        
a/c Presidencia           

 

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