ORDENANZA Nº 1.588

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA DEL 30 DE NOVIEMBRE DEL 2011

V I S T O:

 

La sanción en la Provincia de Corrientes de la Ley, N° 6.051 referida “Régimen de Creación y Reglamentación de Parques y Áreas Industriales”. Y; ;



C O N S I D E R A N D O:

 

Que la Ley de la Provincia de Corrientes Nº 6.051 instituye un Régimen de Creación y Reglamentación de Parques y Zonas Industriales y/o Tecnológicos, y tiene como objetivos regular, promover, asistir y financiar el desarrollo de la actividad industrial en Parques y Áreas Industriales; propender a una radicación ordenada de los asentamientos industriales, garantizando la ubicación estratégica y adecuada de los mismos; fomentar la radicación de nuevas industrias, modernización de las existentes y relocalización adecuada de industrias en funcionamiento; entre otros.

Que la Municipalidad de Goya a través de la Ordenanza N° 1.130 de Uso y Regulación del Suelo estableció una Zona Industrial para que se radiquen establecimientos de ésta índole, basándose en un Proyecto que fuera elaborado por el Consejo Federal de Inversiones; pero que la referida zona no cumplió con sus objetivos, fue degradada por la instalación de un basural a cielo abierto, se establecieron en su proximidad complejos habitacionales y, por último, fue dividida por la construcción de las defensas contra las inundaciones, quedando solamente una parte dentro del área defendida.

Que por Ordenanza N° 1.534 del año 2011 el Honorable Concejo Deliberante creó una Zona destinada a la relocalización e instalación de industrias y prestadores de servicios, hoy denominada Zona de Actividades Económicas “ZAE-  Goya”  para lo que afectó un inmueble de propiedad municipal. En la misma se define la división en  Sub zonas, según la actividad de las empresas que en ella se radiquen, lo que permite su adaptación a las funciones operativas  que se  prevén en  la Ley Provincial de Parques Industriales, y que también que puedan gozar de los beneficios que la misma establece.

 

Que el artículo 5° de la Ley N° 6.051 requiere de la adhesión expresa de los Municipios que quieran ser ejecutores de lo estatuido en su normativa y le posibilitará participar en el  Programa de Ordenamiento Territorial Urbano previsto en su artículo 21.

Que por  Ordenanza Nº 1.249/ 2005, la Municipalidad de Goya  adhirió a la Ley Provincial  N° 5.470,  y por la Ordenanza Nº 1.263/ 05 crea el Régimen Municipal de Promoción de las Actividades Productivas; normas dictadas con la intención de coadyuvar al crecimiento de las actividades productivas.

 

Por todo ello, y lo dispuesto en la Carta Orgánica Municipal, artículo 78 inciso 44, siguientes y concordantes.

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO


O R D E N A:

 

 


ARTÍCULO 1º: ADHERIÉRESE el Municipio de Goya a la Ley de la Provincia de Corrientes N° 6.051: de REGIMEN DE CREACIÓN Y REGLAMENTACIÓN DE PARQUES INDUSTRIALES Y/O TECNOLÓGICOS.-

 


///Corresponde Ordenanza Nº 1.588


ARTÍCULO 2º: SERÁ Órgano de Aplicación  del Régimen establecido en la Ley  Provincial Nº 6.051, la Secretaría de la Producción, Empleo y Desarrollo Sustentable, de la Municipalidad de Goya.

ARTICULO 3º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-
  

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticuatro días del mes de Noviembre de dos mil once.-

 

 

Dr. Gerardo Luis  Urquijo
Secretario

Prof. Gerardo Horacio Bassi

presidente

 

 

Copyright © 2008 - 2024 | Honorable Concejo Deliberante. Diseño: IN-CO-NE - Goya (Ctes.)