ORDENANZA Nº 1.647

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 29/10/2012

V I S T O:
El expediente Nº 1.950/12 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Resolución sobre “IDENTIFICACION DE LOS MONUMENTOS HISTÓRICOS DE NUESTRA CIUDAD”.Y;


C O N S I D E R A N D O:

 

La necesidad de identificar los Monumentos Históricos Culturales de la Ciudad de Goya.
Que es imprescindible que los ilustres visitantes puedan tener una cabal información del circuito urbanístico histórico y cultural que engalana la Ciudad.
Que el rol del estado es ineludible, pero que la acción de cada uno de los miembros de la sociedad es fundamental para la salvaguarda  del patrimonio cultural en su conjunto.
Que la ausencia de un marco regulador conspira contra la preservación del mismo.
Que la memoria colectiva de un pueblo se manifiesta más específicamente en elementos tangibles, pero no deben olvidarse aquellos que expresan la creatividad en sus distintas expresiones artísticas; la lengua y las creencias.
Que es preciso determinar los alcances y controlar las mutilaciones que empobrecen este legado  y al que asistimos asiduamente.
Que el departamento de Goya  posee una nutrida representación arquitectónica entre las que podemos destacar:
                 A) IGLESIA CATEDRAL NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO.
                 B) BANCO DE LA NACION ARGENTINA.
                 C) IGLESIA SAN ROQUE Y SAN JACINTO (LA ROTONDA).
                 D) ESCUELA NORMAL MARIANO I. LOZA  Y SU SALON BLANCO.
                 E) CASA DE LA CULTURA.
                 F) TEATRO SOLARI.
                G) ESCUELA GRADUADA Nº 65 “JOSE EUSEBIO GOMEZ”.
                H) CLUB SOCIAL ARGENTINO.
                 I) SOCIEDAD ESPAÑOLA.
   J) SOCIEDAD ITALIANA DE SOCORROS MUTUOS
Que es imperativo ante el avance de la tecnología, valernos de la misma para una correcta identificación de los monumentos mencionados precedentemente.
   Que es menester no modificar aquellos  con significados simbólicos.
   Que la salvaguarda  y la puesta en valor de lugares, edificios  y objetos debe obligar a los habitantes a ordenar sus conductas en función de la protección de aquello que se distinga históricamente. 

Por ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A:

 

ARTICULO 1º: PROCEDER a la colocación de placas identificatorias y/o carteles, en todos los monumentos, edificios y/o lugares que fueran declarados por Ordenanza, Patrimonio Histórico, Arquitetónico y/o Cultural del Municipio, en los cuales deberá grabarse el año de construcción y/o fundación, como así también el número de Ordenanza y año que lo declaró Patrimonio Histórico y/o Cultural de la ciudad de Goya.-
ARTICULO 2º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de Octubre de dos mil doce.-

Dr. Gerardo Luis  Urquijo
Secretario

        

 


Prof. Gerardo Horacio Bassi
PRESIDENTE

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