RESOLUCION N° 2.816

Goya, 21 de Septiembre de 2016

 

V I S T O: 

La necesidad de embellecer y proteger el medio ambiente, brindando un lugar agradable para los vecinos y que existe la Ordenanza N° 1.247 sobre “DEFENSA, PROTECCION, CONSERVACION, AMPLIACION Y DESARROLLO DE LOS ESPACIOS VERDES O LIBRES DE OCUPACION Y PLANTACION, CONSERVACION Y ERRADICACION DEL ARBOLADO URBANO”. Y; ; ;

  

C O N S I D E R A N D O:

 

Que las plazas de la ciudad son el pulmón verde que brindan oxigenación, color y sombras a los juegos, donde realizan su esparcimiento niños y familias.

Que es una forma de contribuir a la preservación del medio ambiente de la ciudad.

Que se debe tener consideración para la elección de los nuevos árboles, la forma y crecimiento de sus raíces, a fin de que no dañen las veredas, así como su color; para brindar un aporte estético, cultural y simbólico a los distintos barrios, calles y/o pasajes.

Que con fecha 20/04/2005 se sancionó la Ordenanza 1247 que aporta al bienestar físico, psicológico, recreacional y educativo de la comunidad.

Que el Papa Francisco en la Convención Ecológica celebrada el 30 de agosto del corrientes año, en uno de los diez consejos para cuidar el medio ambiente dispuso “plantar árboles”.

Que la Carta Orgánica Municipal dispone en sus artículos N°45 “…Es competencia de la Municipalidad: preservar, conservar el suelo, el agua, el aire y sus componentes, la flora y la fauna, contribuyendo a mantener el equilibrio del ecosistema. Orientar, fomentar y promover la conservación y defensa del medio mediante el uso racional de las especies animales y vegetales salvaguardando la estabilidad ecológica…”; en las atribuciones y deberes del Concejo Deliberantes el art. 78 inc. 36 indica: “…Establecer normas para la preservación de árboles, plazas, paseos y lugares públicos…”. 

Por ello.

 

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOYA

 

 

R E S U E L V E:

 

 

 

ARTICULO 1º: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal ARBITRE los medios necesarios para el cumplimiento de la ordenanza N° 1.247 sobre “DEFENSA, PROTECCION, CONSERVACION, AMPLIACION Y DESARROLLO DE LOS ESPACIOS VERDES O LIBRES DE OCUPACION Y PLANTACION, CONSERVACION Y ERRADICACION DEL ARBOLADO URBANO”.

 

 

///Corresponde a la Resolución Nº 2.816

 

ARTICULO 2°: NOTIFIQUESE, regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.

 

 

 

 

 

 

Dr. Gerardo Luís Urquijo 

Secretario

 

 

     

 

 

 

Juan Domingo González

 Vicepresidente 1º

a/c Presidencia

 

 

 

 

n.r.

 

 

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