ORDENANZA Nº 1.831

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 14/09/2015

 
 
V I S T O: 
El expediente Nº 2349/15 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “EXCENCION DE IMPUESTOS MUNICIPALES A LA FUNDACION AYUDAR”. Y; ; ;
 
 
C O N S I D E R A N D O:
 
La necesidad de eximir del pago de Tasa de Retribución de Servicio y del Impuesto Inmobiliario Urbano a la “Fundación Ayudar”.
Que es un deber del Municipio bregar por el bienestar y la calidad de vida de toda la comunidad goyana, y en especial a aquellas entidades y agrupaciones que brindan ayuda solidaria sin obtener lucro alguno de ello.
Que como es de conocimiento público, dicha institución recibe mínimas ayudas por parte del estado y la demanda ha aumentado en este tiempo casi en un ciento por ciento.
Que desde el momento inicial la institución tiene su sede en la calle Bartolomé Mitre N°832 de nuestra ciudad, y es aquí donde de lunes a viernes asisten niños, adolescentes y jóvenes a realizar tratamiento para mejorar su calidad de vida e integración al medio social.
Que la Fundación Ayudar cuenta con Personería Jurídica, otorgada por la Inspección General de Personas Jurídicas de la Provincia de Corrientes, a través de la Resolución N° 0012 de fecha 3 de Febrero del 2010.
Por ello.
 
 
LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
 
O R D E N A:
 
ARTICULO 1º: EXIMIR del pago de Tributo Municipales, Tasas y/o Impuestos Inmobiliarios que graven a los inmuebles utilizados bajo cualquier forma contractual o propios que ocupe la Fundación Ayudar para desarrollar sus actividades.
 
ARTÍCULO 2º: PARA hacer efectiva esta eximición la Fundación Ayudar deberá acreditar anualmente ante la Secretaría de Hacienda y Economía los contratos respectivos en los cuales figure las obligaciones a su cargo.
 
ARTICULO 3º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.
 
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los nueves días del mes de Septiembre de dos mil quince.
 
 
 
 
Dr. Gerardo Luís Urquijo
Secretario
 
 
     
 
 
 
Dr. Pablo Monzón
 Vice Presidente 2º
a/c presidencia
 
 
 
 
n.r
 
 
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