ORDENANZA Nº 1.891

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 04/10/2016

V I S T O:
El expediente Nº 2.526/16 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el proyecto de Ordenanza sobre “LLAMADO A CONCURSO PARA EL MURAL “EL AMIGO DE TODOS”. Y;


C O N S I D E R A N D O:
La necesidad de efectuar un reconocimiento a un ciudadano que por su simpatía se ganó el afecto de todos los Goyanos.
Que como es sabido Sonho Zhong, era oriundo de Corea del Sur, y vino a vivir a nuestra ciudad a la edad de 12 años aproximadamente.
Que poco a poco se fue mimetizando con la ciudad, llegando a ser un personaje que, por su simpatía, fue recogiendo amigos por doquier.
Que siempre vestido de camisa, jean y alpargatas, era infaltable en el boliche, como así también en cualquier fiesta que se desarrollara en nuestra ciudad.
Que era cotidiano verlo caminando y saludando a los gritos a todos sus amigos, ya que tenía un saludo muy peculiar y una risa contagiosa.
Que cuando murió su padre se lo vio muy dolido y decía que era triste no tener ningún familiar a su lado, notaba que iba quedando solo, allí fue la llegada de su hermano y lo lleva con a vivir con él, en el mes de mayo.
Que el viaje duró sólo un mes porque el plan cayó vencido ante la manera de extrañar que lo puso de vuelta en las calles de Goya, donde pasó a vivir con una familia amiga.
Que debido a su manera de ser y la integración que tuvo en la comunidad llegó a ser conocido como SOHNO “El amigo de todos”.
Que resulta importante que se le efectúe un reconocimiento a este personaje entrañable de la ciudad de Goya.
Que una demostración de tal reconocimiento sería la confección de un mural conmemorativo.
Que a los efectos de poder llevar a cabo el reconocimiento, la Dirección de Cultura será la encargada de establecer las pautas para el concurso del mencionado mural conmemorativo.
Por ello.


LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A:

ARTICULO 1º: LLAMAR a concurso para la confección del mural “El Amigo de Todos”, conmemorativo a Sohno Zhong.
ARTICULO 2º: La Dirección de Cultura de la Municipalidad establecerá la fecha, las bases y condiciones del concurso.


///Corresponde a la Ordenanza Nº 1.891

ARTICULO 3º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiún días del mes de Septiembre de dos mil dieciséis.


Dr. Gerardo Luís Urquijo
Secretario

Juan Domingo González
Vicepresidente 1º
a/c Presidencia

n.r.

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