ORDENANZA Nº 1.125

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 26 DE DICIEMBRE DE 2002


V I S T O:

 El expediente Nº 1.006/02 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Cesión en Comodato Terreno Municipal en Predio del Parque Industrial y la solicitud presentada por vecinos de nuestra ciudad. Y; ; ; ; ; ; ;
C O N S I D E R A N D O:

 Que en la misma se solicita en comodato una fracción de terreno del Parque Industrial, el que fuera adquirido por la Comuna para ser utilizado en el proyecto elaborado por el Consejo Federal de Inversiones.

Que por diversas razones el proyecto no fue puesto en marcha integralmente.
Que a pesar de ello existió una radicación industrial que fue instrumentada a través de la Junta de Promoción Industrial con el aval del Honorable Concejo Deliberante.

Que desde el mes de mayo del 2.000 dicha Junta no tiene actividades.
Que el resto del predio, más allá de su uso normal como basurero, ya se ha entregado en comodato a los integrantes de la Asociación de Trabajadores del Estado (A.T.E.).
Que dichos vecinos solicitantes, beneficiarios de los Planes Jefes y Jefas de Hogar, tienen el apoyo y aval de la Parroquia “San José Obrero”; para que actue en nombre y representación de los mismos.
Que dicho uso transitorio puede solucionar problemas socio-económicos a numerosas familias.
Que está vigente la Resolución Nº 1.478 del 30 de enero del 2.002 de este Honorable Concejo Deliberante, declara de Interés Municipal las actividades desarrolladas por los grupos identificados con la economía social.
Que por tratarse de beneficiarios de los planes Jefes y Jefas de Hogar que perciben 150 Lecop mensualmente durante un lapso no determinado y son desocupados; los mismos aspiran a no depender más de éste ingreso y generar los propios, de manera de lograr la autogestión.
Que está contemplado en el convenio firmado entre la Provincia y la Nación, un porcentaje destinado a emprendimientos productivos.
Por ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 O R D E N A:

 

ARTICULO 1º: AUTORIZAR la Cesión en Comodato a la Parroquia “San José Obrero”, quien actuará en representación de vecinos beneficiarios de los Planes Jefes y Jefas de Hogar solicitantes, Una Fracción del predio ubicado dentro del Parque Industrial de Goya. La extensión a cederse la determinará el Departamento Ejecutivo Municipal conforme al proyecto que se apruebe.

 

ARTICULO 2º: EL comodato se establecerá por un plazo de un (1) año, con posibilidad de renovación por otro año más. Las mejoras introducidas serán a favor del comodante y una vez finalizado el mismo, no habrá derecho a indemnización alguna.-

 

ARTICULO 3º: EL predio sujeto a comodato deberá ser destinado exclusivamente a desarrollar actividades de huerta comunitaria o granja integra; para lo cual los comodatarios deberán presentar previamente un proyecto que demuestre su viabilidad y sustentabilidad. Una vez aprobado por el Departamento Ejecutivo Municipal se formalizará el contrato respectivo.-

 

 

 ARTICULO 4º: EL contrato de Comodato deberá ser elaborado por Asesoría Letrada del Municipio y suscripto por el Departamento Ejecutivo Municipal, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en las cláusulas anteriores y deberá contener la facultad unilateral del Municipio de rescindir el comodato con la sola obligación de notificar en forma fehaciente con 30 días de anticipación y sin que ello genere derecho a indemnización por parte de los comodatarios.-

 

ARTICULO 5º: CONFECCIONADO el Contrato por el Departamento Ejecutivo Municipal, notificados fehacientemente los beneficiarios y transcurridos quince (15) días corridos de la notificación sin que se presentaren el o los comodatarios a suscribir el contrato, se tendrá por desistido el mismo.-

 

ARTICULO 6º: EL Departamento Ejecutivo Municipal remitirá las copias de las actuaciones establecidas en la presente Ordenanza para conocimiento del H. Concejo Deliberante (Proyectos Presentados, Nómina de Beneficiarios, Copia del Contrato, etc.).-

 

ARTICULO 7º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-

 

 

Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los cuatro días del mes de Diciembre de dos mil dos, aprobada en su primer lectura de acuerdo al Artículo 66 de la Carta Orgánica Municipal.-

 

                   Dr. Gerardo Luís Urquijo                                                Dra. Maria Eugenia Ballará
                            Secretario                                                                           Presidente