ORDENANZA N° 1.165

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 08 DE AGOSTO DE 2003


V I S T O:

El expediente Nº l.083/03 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “Aceptación donación de Comisión de Caritas Diocesana Goya” y el Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal Y;;;;;;;;;;

 

C O N S I D E R A N D O:

 Que por expediente Nº l.367/C/02, la Comisión Diocesana Goya hace una donación a la Municipalidad de 98 camas cuchetas.

Que las camas fueron entregadas a la Municipalidad en el año l.998, en oportunidad de la Emergencia Hídrica que afectó nuestra ciudad.

Que las mismas, se encontraban en un depósito a cargo del Albergue Municipal y que, distintas instituciones educativas y deportivas solicitaron se les done algunas de ellas para ser utilizadas en albergues de distintas índoles.

Que comprobado lo solicitado por estas instituciones se les concedió en comodato hasta la formulación de una cesión definitiva.

Que el total de camas, que se considera necesario donar dada la utilidad de las mismas, alcanza la totalidad de 30 camas, discriminados de la siguiente manera: 15 camas al Club Atlético Unión, 5 a E.F.A. “ANAHI” I. S. – 19 del Paraje Casualidad, 10 a la Escuela de la Familia Agrícola (E.F.A.) “YAHA KATU” del Paraje Tres Bocas de éste Departamento.

Por todo ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 O R D E N A:

 

ARTICULO 1º: DONASE 30 camas cuchetas de hierro, a las siguientes instituciones educativas y deportivas, de la siguiente forma:15 camas al Club Atlético Unión, 5 a la Escuela Familia Agrícola (E.F.A.) “ANAHI” I.S. – 19 del Paraje Casualidad, 10 a la Escuela de la Familia Agrícola (E.F.A.) “YAHA KATU” de Paraje Tres Bocas de éste Departamento.-

 

ARTICULO 2º: LADirección Municipal de Deportesquedará a cargo del cuidado y conservación de las restantes 68 (sesenta y ocho) camas cuchetas.-

 

ARTICULO 3º: EL Departamento Ejecutivo Municipal instrumentará lo necesario a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1º de la presente.-

 

ARTICULO 4º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.-

 

Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los trece días del mes de Agosto de dos mil tres.-

 

 

 

 

                           Dr. GERARDO LUIS URQUIJO                                     Dr. HUGO ADRIAN VILAS   
                                       Secretario                                                                        Presidente

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