ORDENANZA Nº 483

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 20 DE JUNIO DE 1991
Visto:

El Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal; y,


Considerando:

Que la motoniveladora Johnn Dehere Nº 570 perteneciente a la Municipalidad de Goya, dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, necesita en forma imperiosa, la reparación de su caja de velocidades, que tiene características muy particulares respecto a su reparación.

Que la Municipalidad de Goya debe prestar el servicio de mantenimiento de calles urbanas y caminos vecinales, con la continuidad que la Comunidad requiere.

Que la firma Vial Park S.A. de la ciudad de Paraná - Entre Ríos, es la única firma que estaría capacitada para la reparación de dicha maquinaria.

Que a tal efecto la mencionada firma ofrece realizar dicha tarea con un costo de u$s 12.400 dividido en cuatro (4) cuotas de u$s 3.100, pagaderas de la siguiente manera la primera cuota al ordenar el trabajo y las siguientes a 30, 60 y 90 días.

Que dentro de este monto se incluye el servicio de armado de la pieza de referencia en los talleres Municipales y demás garantía escrita por el término de (1) año.

Que la referida firma está inscripta en el Registro de Proveedores de esta Municipalidad desde hace muchos años y que ha efectuado innumerables trabajos para esta Comuna, con resultado satisfactorio.

Que el Departamento Ejecutivo Municipal está en condiciones económicas para hacer frente al gasto que representa dicho trabajo.

Por todo ello:


LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal la reparación de la caja de velocidades de la Motoniveladora Johnn Dehere Nº 570 de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de esta Municipalidad con la firma Vial Park S.A. de Paraná - Entre Ríos, cuyo costo asciende a la suma de u$s 12.400, pagaderos en (4) cuotas de u$s 3.100 cada una, la primera cuota al ordenar el trabajo y el saldo en 30, 60 y 90 días.

Art. 2 - El gasto que demande la presente se efectuará a la Partida 03-01 "Máquinas y Equipos".

Art. 3 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 18 días del mes de junio de mil novecientos noventa y uno.

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