ORDENANZA N° 1.328

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 11 DE OCTUBRE DE 2006


V I S T O:

El expediente N° 1.365/06 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “CONSTRUCCION REFUGIOS PARA PASAJEROS DE COLECTIVOS EN ZONAS RURALES. Y; ; ;

                                                                

 

C O N S I D E R A N D O:

 La necesidad cierta y concreta de construir refugios para personas (pasajeros de colectivos de corta, mediana y larga distancia).
Que los vecinos de las distintas zonas y/o parajes rurales del departamento de Goya – Corrientes, necesitan un lugar de protección, durante la espera de colectivos de corta, mediana y larga distancia que por allí pasan; han formulado reiterados pedidos en tal sentido.
Que ya se viene implementando en distintos lugares de la ciudad y zona rural; por la efectividad con que cuenta la construcción de los mismos.
Que corresponde al Municipio velar por la seguridad de sus ciudadanos, como así también propender a otorgarles las mismas comodidades en atención al lugar donde realizan la espera (la mayoría de las veces sobre la ruta, inclusive).
Por todo ello.

 

 LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:

 

 

ARTICULO 1°: EL Departamento Ejecutivo Municipal instrumentará los medios para la construcción de nueve (9) refugios para personas (pasajeros de corta, mediana y larga distancia) en las zonas y/o parajes del departamento de Goya – Corrientes que resulten más convenientes y necesarios; como ser en 5ta. sección – Paraje Santa Rita y en 5ta. Sección – Paraje Santa Rosa (Paso Fanegas e Invernada).-

 

ARTICULO 2°: EL RESPECTIVO diseño y Plano de Construcción quedará sujeto a las especificaciones que establezca la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.-

 

ARTICULO 3°: LOS GASTOS que demanden dichas construcciones serán imputados a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.-

 

ARTICULO 4°: COMUNICAR la presente a Vialidad Nacional y/o Vialidad Provincial, a los fines de la pertinente autorización.-

 

ARTICULO 5º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.-

 

Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los veintisiete días del mes septiembre de dos mil seis.-

 

                          Dr. GERARDO LUIS URQUIJO                   MARIA ISABEL N.DE CASSANI
                                       Secretario                                                            Presidente