ORDENANZA N° 1.380

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 26 DE JULIO DE 2007


V I S T O :

El Proyecto ejecutivo de defensas de Goya, aprobado en el marco del Programa de Prevención de Inundaciones y Drenaje Urbano (PIDU), a financiarse mediante el préstamo BIRF 7832-AR ; ; ; y 

 

CONSIDERANDO:

Que luego de muchos años de anhelos y luchas por parte de la comunidad de goyana, se cuenta con un Proyecto Ejecutivo de Defensas contra inundaciones, en el marco del Programa de Protección contra las inundaciones (P.I.D.U.)

Que el mismo ha sido formulado por técnicos especializados;

Que el mencionado Programa (P.I.D.U.) constituye una continuidad de las acciones que se iniciaron con la ejecución del Programa de Emergencia - PREI (3521-AR) y que prosiguieron con la ejecución del Programa de Protección de Inundaciones – PPI (4117-AR);

Que a efecto de su concreción, el Gobierno Nacional y el Gobierno de la Provincia han incluido las obras previstas en el Proyecto dentro del crédito mencionado;

Que dicho crédito está aprobado y se encuentra en estado operativo, siendo además las obras que benefician a nuestra ciudad , prioritarias en el marco del mismo;

Que si las obras no se ejecutasen en la forma y los plazos previstos se corre el riesgo que sean dejadas de lado en el marco del mencionado crédito, lo que ocasionaría su pérdida en cuanto hace a nuestra ciudad;

Que corresponde otorgar al D.E.M. las herramientas necesarias para que, en cuanto hace al gobierno municipal, no se corra ese riesgo y podamos contar los goyanos con las defensas tan necesarias;

Que las distintas expresiones de la comunidad goyana han manifestado su opinión acerca de modificar parcialmente dicho proyecto, mejorándolo;

 Que todo lo que signifique una mejora en el proyecto de defensas, sin poner en riesgo su concreción, merece ser analizado y, en su caso, propuesto;

Por ello ; ; ; ; ;

 

LA MUNICIPALIDAD DE GOYA REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA

 

ARTICULO 1°: APROBAR EL Proyecto Ejecutivo de Defensas de Goya en el marco del Programa de Prevención de Inundaciones y Drenaje Urbano (P.I.D.U.), a financiarse mediante el préstamo BIRF 7832 – AR.

 

ARTICULO 2°: AUTORIZAR  al Departamento Ejecutivo Municipal, en el marco del mismo, a gestionar ante quien corresponda, la posibilidad de sustituir el tramo de defensas sobre la ribera entre las progresivas 2416,96 a 4839,39 denominada pantalla de contención (muro colado de hormigón armado), por uno que garantice el acceso público, optimice el uso de los recursos, conservando el estándar de seguridad y la liberalización de la traza para su implementación. A tal efecto realizará las gestiones en conjunto con el Concejo Deliberante y las organizaciones de la sociedad civil, siempre que no ponga en riesgo la operatividad del crédito dentro de los plazos establecidos.

 

ARTICULO 3°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal, en el marco del P.I.D.U. a gestionar la inclusión de una red de drenajes pluviales urbano secundarios y terciarios , con los reservorios necesarios dentro del recinto.

 

ARTICULO 4°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar y financiar un concurso de ideas y proyectos, para la modificación mencionada en el artículo 2° de la presente.

 

ARTICULO 5°: COMUNIQUESE al Departamento ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-

 

Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de julio de dos mil siete.

 

                   Dr. GERARDO LUIS URQUIJO                   MARIA ISABEL NIVEYRO DE CASSANI

                                Secretario                                                                   Presidente