ORDENANZA N° 1.382

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 25 DE FEBRERO DE 2007


V I S T O:

El expediente N° 1.341/07 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “CREACION DE UN CENTRO ASISTENCIAL DE PROTESIS DENTAL MUNICIPAL”. Y; ; ;

 

C O N S I D E R A N D O:

 Que es necesario afrontar los problemas de salud dental que padece la población de nuestra ciudad y de la zona rural, de acuerdo al artículo 58°, inciso 31 de la Carta Orgánica Municipal.
Que este problema es una triste realidad padecida por un alto porcentaje de nuestra ciudadanía más carenciada, debido a la falta de control y de un adecuado tratamiento y a sus escasos recursos económicos, lo que imposibilita la adquisición de tales prótesis.
Que la falta de una completa y sana dentadura trae como consecuencia una mala masticación, con la consecuente dificultad en la digestión de los alimentos; también afecta la estética facial, produce susceptibilidad a enfermedades periodontales, como ser infecciones y trastornos en boca y encías, vulnerabilidad a las caries; o, afectando a la fonación de la persona.
Que la colocación de estas prótesis dentales implican la correcta restauración del arco dentario y devolver la estética a las personas.
Que todas estas consecuencias desde el punto de vista físico y patológico, influyen de manera negativa en lo psíquico, desmoralizando a la persona e impidiendo su integración a la sociedad; provocando incluso discriminación al momento de la búsqueda de trabajo.
Que para la concreción del Centro Asistencial será imprescindible la intervención de personal idóneo, especializado en la materia.
Que no existe en nuestro Departamento un Centro Asistencial de estas características que brinden atención a los ciudadanos carenciados.
Que la Municipalidad solo cuenta con servicio de odontología para extracciones dentarias.
Por todo ello.

 

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A:

 

 

ARTICULO 1º: CREAR el Centro Asistencial de Prótesis Dental Municipal, el que estará dirigido por odontólogos, quienes realizarán un análisis de las prioridades y de Técnicos Superiores en Prótesis Dental, quienes accederán al mismo mediante concurso, cuyo llamado y demás requisitos, lo efectuará el Departamento Ejecutivo Municipal.-

 

ARTICULO 2°: EL GASTO que demande la instalación de dicho Centro, materiales, insumos necesarios y personal, deberán ser incorporados al Presupuesto de la Secretaría de Bienestar Social Municipal del año 2008.-

 

 

ARTICULO 3°: EL CENTRO Asistencial de Prótesis Dental Municipal será exclusivamente destinado a personas carenciadas, sin cobertura social; imposibilitada de acceder a este tipo de tratamiento, entrando en vigencia la presente norma, una vez aprobado el Presupuesto del año 2008.-

 

ARTICULO 4°:COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.-

 

Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los ocho días del mes de agosto de dos mil siete.-

 
                          Dr. GERARDO LUIS URQUIJO                      MARIA ISABEL N.DE CASSANI
                                    Secretario                                                                  Presidente