PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 27 DE JULIO DE 1984
Visto:
La conveniencia de que haya dentro de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, personal con conocimientos idóneos, que en los casos de ausencia, licencia o enfermedad del Secretario de Obras y Servicios Públicos, reemplace temporariamente a éste, en las complejas tareas inherentes al cargo; y,
Considerando:
El área de influencia y trascendencia de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y lo dispuesto en los artículos 76 incisos 3 y 63 de la Ley Nº 2.498 que determina la competencia del Honorable Concejo Deliberante, en esta materia.
Por todo ello,
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Crear una Subsecretaría dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.
Art. 2 - El Departamento Ejecutivo Municipal tomará a su cargo todas las medidas de organización tendientes a obtener el mayor rendimiento y eficacia de la misma.
Art. 3 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, publíquese, dése al R. H. C. D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 24 días del mes de julio de mil novecientos ochenta y cuatro