PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 13 DE JULIO DE 2004
VISTO:
El expediente Nº 1.158/04 que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Ordenanza sobre Ampliación, Habilitación y Reducción de Partidas Presupuestarias de Ingreso y de Egresos del año 2003. Y; ; ;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo Municipal solicita la ampliación de Partidas de Ingresos correspondiente al ejercicio fiscal 2003 por un monto total de $ 2.691.110,24 y una reducción en partidas de ingresos por la suma de $ 895.153,71.
Que además solicita la ampliación de partidas de egresos correspondiente al Departamento Ejecutivo Municipal por un monto de $ 1.147.415,62 y del Honorable Concejo Deliberante por la suma de $ 3.127,06; ambas correspondiente al año 2003.
Que por otra parte solicita la aprobación de la reducción de egresos del Departamento Ejecutivo Municipal por un monto total de $ 742.037,71 y del Honorable Concejo Deliberante de $ 30.630,38 del año 2003.
Que a pesar de que en el pedido no se efectúa ninguna aclaración o justificación de dichos movimientos de partidas presupuestarias, por información relevada por la Comisión de Economía y Finanzas, el incremento de los ingresos con respecto a lo presupuestado está basado, casi exclusivamente, en una significativa mejora de la coparticipación nacional y provincial lo que fue destinado a cancelar residuos pasivos e incrementar gastos corrientes, de los que se solicita la aprobación a pesar de que el artículo 143º de la Carta Orgánica Municipal establece que el crédito presupuestario asignado a cada concepto sólo puede ser aplicado para atender las erogaciones previstas, estando el Departamento Ejecutivo Municipal autorizado a realizar gastos que excedan el monto autorizado o por conceptos nos previstos solamente en el caso de cumplimiento de sentencias judiciales firmes o de emergencias imprevisibles (artículo 145º de la Carta Orgánica Municipal) circunstancias éstas que no se han dado en el ejercicio en cuestión, imponiendo, inclusive en estos casos, un plazo de quince días posteriores a la realización del gasto dentro de los cuales el Departamento Ejecutivo Municipal debe promover la pertinente modificación presupuestaria, además de que el artículo 146º establece la obligatoriedad de que el Departamento Ejecutivo Municipal solicite al Honorable Concejo Deliberante para que, por medio de una Ordenanza, amplíe, habilite o transfiere los créditos que resulten insuficientes.
Que a pesar de ello, debe regularizarse la situación de hecho planteada aunque resulta necesario que el Departamento Ejecutivo Municipal atienda esta cuestión legal en el futuro.
Por todo ello.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:
ARTICULO 1º: APROBAR la Ampliación de Partidas de Ingresos del Departamento Ejecutivo Municipal correspondientes al ejercicio fiscal 2003 por un monto total de pesos: DOS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CIENTO DIEZ CON 24/100 ( 2.691.110,24) según planillas adjuntas que forman parte de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 2º: APROBAR la Reducción de Partidas de Ingresos del Departamento Ejecutivo Municipal correspondientes al ejercicio fiscal 2003 por un monto total de pesos: OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES CON 71/100 (895.153,71), según planillas adjuntas que forman parte de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 3º: APROBAR la Ampliación de Partidas de Egresos del Departamento Ejecutivo Municipal correspondiente al ejercicio fiscal 2003 por un monto total de pesos: UN MILLON CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS QUINCE CON 62/100 ($ 1.147.415,62) y del Honorable Concejo Deliberante por un monto total de pesos TRES MIL CIENTO VEINTISIETE CON 06/100 ($3.127,06) según planillas adjuntas que forman parte de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 4º: APROBAR la Reducción de las Partidas de Egresos del Departamento Ejecutivo Municipal correspondiente al ejercicio fiscal 2003 por un monto total de pesos (SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL TREINTA Y SIETE CON 71/100 ($743.037,71); y del Honorable Concejo Deliberante por un monto total de pesos: TREINTA MIL SEISCIENTOS TREINTA CON 38/100 ($30.630,38) según planillas adjuntas que forman parte de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 5º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.-
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los siete días del mes de julio de dos mil cuatro.-