ORDENANZA Nº 1.208

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 03 DE AGOSTO DE 2004


VISTO:

El expediente Nº 1.153/04 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “Extensión del Alumbrado Público”, el Convenio firmado con la Dirección Provincial de Energía, lo dispuesto por el artículo 58, inciso 42 de la Carta Orgánica Municipal. Y; ; ;

 

CONSIDERANDO:
El reclamo insistente de vecinos de “Colonia Carolina” respecto a la extensión de la red de Alumbrado Público en la Avenida San Antonio.
Que en cercanía de la temporada invernal se acentúa esta necesidad, ante la concurrencia en horarios vespertinos al establecimiento educacional por numerosos alumnos.
Que según consultas realizadas a los vecinos, son cuatro (4) cuadras las que comprenden el tramo a extender del alumbrado público; desde la iglesia hacia el Norte, hasta el Barrio San Antonio.
Que el Municipio cuenta con la Oficina de Electrotecnia, la que debe estar capacitada para el tendido de la línea, y dispone de una cuenta especial con fondos suficientes para hacer frente a esta obra.
Que nuestra Carta Orgánica Municipal establece que la jurisdicción territorial del Municipio se extiende sobre todo el Departamento de Goya, y entre las atribuciones y deberes del Concejo Deliberante (art. 58), está la de sancionar Ordenanzas para la realización de Obras y Prestación de Servicios Públicos.
Por todo ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A:

 

ARTICULO 1º: EXTENDER el Alumbrado Público de la Avenida San Antonio en Colonia Carolina, en el tramo de cuatro (4) cuadras, desde la Iglesia hasta el Barrio San Antonio, hacia el Norte, de acuerdo a lo determinado por el Convenio entre el Municipio y la Dirección Provincial de Energía de Corrientes, que por Ordenanza Nº 1.131 se estableció.-

 

ARTICULO 2º: LA OBRA será realizada por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos bajo el control técnico de la Oficina de Electrotecnia, según el Plan de Trabajos que ésta elabore.-

ARTICULO 3º: EL COSTO que demande la obra será sufragado en la medida de disponibilidad de los fondos provenientes del Alumbrado Público, según Convenio firmado con la Dirección Provincial de Energía, Partida Presupuestaria 6.03.1.4.31.00.-

ARTICULO 4º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.-

 

Dado en la Escuela Nº 406 de Colonia Carolina, del Departamento de Goya, a los veintinueve días del mes de julio de dos mil cuatro.-

 

 

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