ORDENANZA Nº 1.216

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 20 DE AGOSTO DE 2004


VISTO:

El expediente Nº 1.171/’04 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza Imponiendo el nombre “Coembotá” a Barrio de Goya, presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal. Y; ; ;

 

CONSIDERANDO:
El expediente Nº 2.838/C/03, presentado por el Consejo Vecinal del Barrio Coembotá, solicitando la imposición del nombre antes mencionado, a fin de regulariza y contar con un instrumento público que avale las gestiones que realiza la Comisión Vecinal.
Que dicho nombre surge desde aproximadamente diciembre del año 1988, cuando se formó la Comisión Vecinal con su Comisión Fundadora.
Que este grupo habitacional comienza en el mes de octubre de 1990, cuando INVICO hace entrega de todo el núcleo habitacional a los adjudicatarios, debido a la problemática del momento; formándose una Comisión Vecinal, quienes tienen la tarea de poner nombre al barrio, eligiendo en ese momento “Coembotá”, siendo único y nuevo barrio en la zona de entrada a nuestra ciudad, nombre que significa “amaneciendo”, el que fue aprobado por unanimidad por los vecinos.
Que el complejo habitacional se encuentra limitado por: al Norte: Avenida Tomás Mazzanti, al Sur: calle Rector Antonio Méndez; al Este: Ruta Nacional Nº 12 y al Oeste: calle San Juan; según límites de la Resolución Nº 3.643 del 17/09/98.
Que es facultad del Honorable Concejo Deliberante aprobar la imposición del nombre requerido por el Consejo Vecinal.
Por todo ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A;

 

ARTICULO 1º: IMPONER el nombre de “COEMBOTA” al complejo habitacional ubicado en los ejidos Noreste de nuestra ciudad, limitando al Norte: Avenida Tomás Mazzanti, al Sur: calle Rector Antonio Méndez, al Este: Ruta Nacional Nº 12 y al Oeste: calle San Juan.-

ARTICULO 2º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.-

 

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los dieciocho días del mes de agosto de dos mil cuatro.-

 

 

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