PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 16 DE SEPTIEMBRE DE 1984
Visto:
Las peticiones formuladas por vecinos e instituciones, solicitando la imposición del nombre "Obispo Alberto Devoto" a una calle, paseo, plaza o barrio de la ciudad; y,
Considerando:
Que el compromiso evangélico que Monseñor Devoto asumió frente a la comunidad, excedió el marco del simple gesto y asumió una militancia sin claudicaciones hasta el último día de su existencia.
Que es deber de la comunidad honrar a quienes le dedicaron todas sus horas, dejando el ejemplo de una apasionada vocación de servicio para con sus semejantes.
Que en la acción pastoral del prelado recientemente desaparecido, referida en especial a los sectores más necesitados, ocupó preferente atención el problema de una vivienda digna, por ser un derecho implícito de toda vida humana, conforme a su naturaleza y a su destino.
Por todo ello,
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Imponer el nombre de "Obispo Alberto Devoto" al barrio en construcción, de 144 viviendas ubicado en el ejido sur de esta ciudad.
Art. 2 - Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal para que en el acto de inauguración del referido barrio se haga efectivo lo dispuesto en el artículo 1, colocándose una placa alusiva.
Art. 3 - Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza, se imputarán a la respectiva partida de Presupuesto correspondiente al año 1.985.
Art. 4 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, publíquese, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 14 días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cuatro.