ORDENANZA Nº 051

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 30 DE AGOSTO DE 1984
Visto:

El convenio celebrado entre el Departamento Ejecutivo Municipal y el Instituto de Viviendas de Corrientes para la construcción en nuestra ciudad de viviendas mediante el sistema de Esfuerzo Propio y Ayuda Mutua; y,

 

Considerando:

Que en la Ciudad de Goya existe un amplio sector de la población que viven en viviendas precarias y que generalmente no tienen acceso dado la falta de recursos, a los planes ordinarios del Instituto de Viviendas de Corrientes.

Que la ciudad de Goya es una de las que presenta un mayor porcentaje de viviendas ranchos en toda la provincia.

Que el sistema E.P.A.M. además de proveer de vivienda al participante a la finalización del proyecto, tiene otros objetivos loables como ser la elevación de conocimientos técnicos de los participantes, el seguimiento social de los mismos para elevar su nivel de conocimientos estimulando el espíritu participativo y comunitario y de solidaridad social.

Que el Convenio obliga a la Municipalidad de Goya a la Dirección Técnica y ejecución de las obras, para la cual se halla capacitada, siendo los fondos provistos por el In.Vi.Co.

Que los inmuebles sobre los cuales se ejecutarán las obras son de propiedad Municipal, estando en trámite las mensuras e inscripción del dominio, por lo que no se observan inconvenientes para la futura donación al In.Vi.Co., conforme a la cláusula tercera del Convenio.

Por todo ello,

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO 

ORDENA:

 

Art. 1 - Aprobar en todos sus términos, el Convenio suscripto entre el Instituto de Viviendas de Corrientes y el Departamento Ejecutivo Municipal en fecha veinte de agosto de mil novecientos ochenta y cuatro, para la construcción en la Ciudad de Goya de cuarenta viviendas por el sistema de Esfuerzo Propio y Ayuda Mutua.

Art. 2 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, publíquese, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 28 días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cuatro.

Copyright © 2008 - 2024 | Honorable Concejo Deliberante. Diseño: IN-CO-NE - Goya (Ctes.)