PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 18 DE JULIO DE 1985
Visto:
El proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal, la Nota remitida por la Asociación de Bomberos Voluntarios de Goya, con fecha 21 de Mayo de 1985, Expediente Nº 516/A/85, y;
Considerando:
Que la nota de referencia solicita se exima del pago del arrendamiento del Nicho Nº 12 del Sector 10 C del Cementerio "La Soledad", a los familiares del extinto Señor Marcelino Domingo Ungaro, quien en vida fuera un destacado y distinguido miembro del Cuerpo de Bomberos, fallecido en día 11 de Mayo del Corriente año.
Que conforme a las facultades conferidas por la Ley 2498 Orgánica de las Municipalidades, es el Honorable Concejo Deliberante quien debe resolver las cuestiones referidas a eximición de pagos de arrendamientos, sobre terrenos ubicados en el Cementerio "La Soledad".
Que por ello, teniendo en cuenta los valiosos y altruistas servicios puestos de relieve, por quien fuera destacado miembro del cuerpo de Bomberos Voluntarios de la ciudad.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Eximir por el término de Cinco (5) Años a los familiares del Sr. Marcelino Domingo Ungaro, el pago del arrendamiento del Nicho Nº 12, Sector 10 C del Cementerio "La Soledad".
Art. 2 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 18 días del mes de junio de mil novecientos ochenta y cinco.