ORDENANZA Nº 151

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 02 DE OCTUBRE DE 1985
Visto:

La necesidad de adaptar las normas contenidas en el Estatuto para el personal Municipal al funcionamiento del Honorable Concejo Deliberante; y,

 

Considerando:

Que por Resolución N° 2.078/71 se puso en vigencia el Estatuto para el personal de la Municipalidad de Goya, aprobado por el Decreto N° 3.337/71 del Superior Gobierno de la Provincia.

Que la fecha en que se dictó el mismo y dispuso su vigencia el Gobierno Municipal era "de facto", motivo por el que no se hace referencia al personal administrativo y Ordenanza del Honorable Concejo Deliberante.

Que el funcionamiento del Concejo tiene características diferentes a las del resto de la administración comunal, siendo necesario establecer modificaciones en lo que hace a los horarios.

Que corresponde determinar los mismos y declarar expresamente aplicable dicho Estatuto en todas sus partes en todo aquello que no se oponga a las facultades que son propias del Concejo.

Por todo ello,

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

 

 

 

Art. 1 - Declarar expresamente aplicable al personal Administrativo y Ordenanzas del Honorable Concejo Deliberante, las normas contenidas en el Estatuto para el personal Municipal, bajo la superintendencia del Presidente del Honorable Concejo Deliberante (artículo 66 inciso 4 de la Ley N° 2.498).

 

 

Art. 2 - Fijar los siguientes horarios de trabajo: del 1 de abril al 1 de noviembre: de lunes a viernes de 7 a 13 horas; del 2 de noviembre al 31 de marzo de 8 a 12 horas. Los Ordenanzas deberán asistir los días de Sesiones una hora antes del inicio de las mismas pudiendo tomar descanso compensatorio el día hábil inmediato en proporción a las horas de trabajo del día de Sesiones.

 

Art. 3 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, publíquese, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 24 días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y cinco.

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