PROMULGADA POR EL D.E.M POR RESOLUCIÓN Nº 2246 DE FECHA 23 DE AGOSTO DE 1985
Visto:
Las solicitudes de compra número: 973 de fecha 22/11/84 presentada por la Señora Marta Gladys Cardozo, referente al Lote Nº 26 de la Manzana Nº 96, Expediente Nº 453 Letra "A"; 969 de fecha 05/09/85 presentada por la Señora Elvira María López referente a los Lotes número 8 y 9 de la Manzana Nº 188, Expediente Nº 813, Letra "A" y número 939 de fecha 03/08/85, presentada por Salvador Amado Sandoval y Magdalena Amalia Sandoval referente al Lote Nº 26 de la Manzana Nº 155, Expediente Nº 737, Letra "A"; y,
Considerando:
Que los solicitantes efectúan su petición acogiéndose a los beneficios de la Ley Nº 3.926/84.
Que los nombrados con anterioridad efectúan igual petición, la que se tramitó mediante Expedientes Nº 453/79, Letra "A"; Nº 465/79, Letra "A" y Nº 795/79, Letra "A", en donde este Honorable Concejo Deliberante dictó las Resoluciones número 151 de fecha 30/10/84, 229 de fecha 06/08/85 y 235 de fecha 13/08/85, por las cuales se declaró la nulidad de los boletos de compraventa de fechas 26/11/82; 28/10/80 y 26/12/80, por las cuales se dispuso la venta directa de los inmuebles objeto de la petición a los solicitantes.
Que los trámites cumplidos en los presentes expedientes, se adecuan a las prescripciones de la ley Nº 3.926/84.
Que según constancias obrantes en las presentes actuaciones los nombrados abonaron la totalidad del precio oportunamente fijados y convenidos con la Municipalidad de Goya en los boletos de compraventa ya referenciados, luego declarados nulos.
Que con relación al precio de venta, considerando que los peticionantes compradores de buena fe y que ya abonaron la totalidad del precio, es justo y equitativo tener por abonado el mismo.
Por todo ello y en virtud de las disposiciones contenidas en la Ley Nº 3.926/84 y 2.498.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Adjudicar a la Señora Marta Gladys Cardozo, D. N. I. Nº 10.441.929, el Lote Nº 26 de la Manzana Nº 96 del Plano Municipal de Goya, constante de 9 mts., de frente por 20,50 mts., de fondo, con iguales medidas de contrafrente y contrafondo, abarcando una superficie total de 184,4875 m2, dentro de los siguientes linderos: Norte Lote Nº 29 propiedad Municipal; Sur: calle Gregoria Olivera; Este Lote Nº 27 propiedad Municipal y Oeste: Lote Nº 25 propiedad Municipal. Registrado como propiedad Municipal al Tº 42, Fº 16.358, Año 1.978. En el Registro de Propiedad Inmueble en el Diario Nº 6.079, Folio Real Matrícula Nº 2.651 de fecha 12/06/78, Duplicado de Mensura Nº 2.806 "N". Adrema I1-11.692-1.
Art. 2 - Adjudicar a la Señora Elvira María López, M. I. Nº 6.021.727 los Lotes número 8 y 9 de la Manzana Nº 188 del Plano Municipal de Goya, constante de 14,76 mts., de frente, por 13,83 mts., de contrafrente y 22,2 mts., de fondo con igual medida de contrafondo, abarcando una superficie total de 314,49 m2, dentro de los siguientes linderos: Norte: calle Sargento Cabral, al Sur: Lote Nº 7 de propiedad Municipal; al Este: Marcos Soto, Y. R. Piasentini y parte del Lote Nº 7 y al Oeste: Lote "A". Registrado como Propiedad Municipal dentro de un inmueble de mayor extensión al Tº. 43, Fº 16.836, Año 1.980, en el Registro de la Propiedad Inmueble en el Diario bajo Nº 539, Folio Real Matricula Nº 3258 de fecha 24/1/79, Duplicado de Mensura Nº 2291"N". Adrema 11-13807-1.
Art. 3 - Adjudicar al Señor Salvador Amado Sandoval, L. E. Nº 10.441.591 y Magdalena Amalia Sandoval, M. I. Nº 11.372.974 el Lote número 26 de la Manzana Nº 155 del Plano Municipal de Goya, constante de 9,85 mts., de frente, por 30 mts., de fondo, con igual medida de contrafrente y contrafondo, abarcando una superficie total de 295,50 m2, dentro de los siguientes linderos: Norte: Lotes Nº 1y 2, al Sur: Lote Nº 25; al Este: Lote Nº 5, y al Oeste: Avenida José J. Rolón. Registrado como parte de un inmueble mayor de Propiedad Municipal al Tº. 42, Fº 14.440, Año 1.978. En el Registro de la Propiedad Inmueble en el Diario bajo Nº 11.393 de fecha 7/9/79, Folio Real Matricula Nº 3661, Duplicado de Mensura Nº 943 "N". Adrema 11-4254-1.
Art. 4 - Tener por abandonado la totalidad del precio de venta.
Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar la pertinente escritura traslativa de dominio.
Art. 6 - En todos los aspectos provistos en la presente Ordenanza, regirá las disposiciones previas en la Ley 3.926.
Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.