PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 31 DE MARZO DE 1986
Visto:
El Expediente Nº 1/0/86; y,
Considerando:
La apreciable cantidad de solicitudes de compra de terrenos en el Cementerio "La Soledad" presentada al Departamento Ejecutivo Municipal.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal la concesión a perpetuidad en subasta pública con base los terrenos del Cementerio "La Soledad" para construcción de panteones y micropanteones, indicados en el plano agregado al expediente del epígrafe.
Art. 2 - Fijar como base para la concesión a que se refiere el artículo anterior (artículo 35 título IX del Código Tributario, Año 1.985) en: Australes Veinticinco (25,00) el metro cuadrado para Panteones. Australes Veinte (20,00) el metro cuadrado para micropanteones.
Art. 3 - La desafectación del dominio público Municipal se operará de pleno derecho con la entrega de posesión a los adquirentes y el pago del precio por parte de los mismos.
Art. 4 - El martillero encargado de la subasta se elegirá por sorteo público de la lista de martilleros de matrícula de esta ciudad, pactándose con quien resulte elegido que la comisión será del 3% del total obtenido y estará a cargo exclusivamente del adquirente. Los gastos del remate también estarán a cargo exclusivo de los adquirentes y serán pagados a prorrata del valor del adquirido.
Art. 5 - Los fondos obtenidos serán afectados en su totalidad a la construcción de nichos del Cementerio "La Soledad".
Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 25 días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y seis.