PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 14 DE ABRIL DE 1986
Visto:
El requerimiento formulado por la Comisión de la Sociedad Conferencias de Señoras "San Vicente de Paul"; y,
Considerando:
Que si bien se halla en vigencia la Ordenanza Nº 147/75 por la cual se establece un subsidio a favor del Asilo de Niños patrocinado por la Sociedad Conferencias de Señoras "San Vicente de Paul" el mismo además de reducido virtualmente a caducado por cuanto en largos años a la fecha no ha sido atendido por el Municipio.
Que la mencionada entidad benéfica realiza un obra de sumo mérito a través del Hogar de Niños y en la inteligencia que se debe prestar a todo tipo de colaboración como manera de aliviar su afligente situación económica actual.
Por todo ello,
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Otórgase un subsidio mensual de A 50 (australes cincuenta) al Hogar de Niños patrocinado por la Sociedad Conferencias de Señoras "San Vicente de Paul" a partir del 1er. mes de promulgación de la presente Ordenanza. El monto del presente subsidio será actualizado conforme a las variaciones de los haberes del personal de la Municipalidad de Goya.
Art. 2 - El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza el Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá de la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
Art. 3 - Derógase toda Ordenanza que se oponga a la presente.
Art. 4 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 14 días del mes de abril de mil novecientos ochenta y seis.