ORDENANZA Nº 237

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 28 DE MAYO DE 1987
Visto:

Lo peticionado por el Señor Claudio Martínez para que se revea la Resolución Nº 138/84 del Honorable Concejo Deliberante que anula la cesión gratuita del Lote Nº 6 de la Manzana Nº 342 de Goya otorgada oportunamente a favor del nombrado; y,


Considerando:

Que por urgentes razones de necesidad y utilidad pública se priva al Señor Claudio Martínez de un inmueble donde vivía en la costa del Riacho Goya, para la construcción de las defensas contra las inundaciones cediéndosele en compensación el referido Lote Nº 6 donde actualmente tiene su vivienda.
Que el solicitante al aceptar esa cesión y ocupar el terreno cedido actual en buena fe en la cre­encia de la legalidad del acto en cuanto a su forma, debiendo tomarse en cuenta que la Jus­ticia de Goya ha decidido en caso similar, que no resulta legítimo que la autoridad Municipal destruya los efectos de un acto jurídico unilateralmente invocando vicios formales que sólo a ella le son imputables.
Que en el caso, el peticionante es poseedor de buena fe, vive en el lote que le fuera cedido y en su momento perdió el inmueble donde vivía por una decisión de la autoridad pública, perjuicio cuya reparación corresponde ahora formalizar.

Por todo ello:


LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Déjese sin efecto la resolución Nº 138/84.

Art. 2 - Donase al Señor Claudio Martínez L.E. Nº 1.658.911, casado, domiciliado en 12 de octubre Nº 1.261 de esta ciudad, el Lote Nº 16 de la Manzana Nº 342 de Goya, correspondiente al plano de mensura 2716 "N" del agrimensor Alberto Jacobacci, cons­tante de 12 mts, de frente sobre calle 12 de octubre por igual contrafrente, por 30,72 mts, de fondo y 30,777 mts., de contrafondo, con los linderos especificados en dicho planos como compensación por la inutilización de su inmueble para construir las defensas con­tra las inundaciones.

Art. 3 - Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar toda la documentación necesaria a fin de transferir la titularidad del lote referenciado a favor del do­natario.

Art. 4 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 26 días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y siete.

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