ORDENANZA Nº 270

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 28 DE OCTUBRE DE 1987
Visto:

La necesidad de dictar nuevas normas referentes al estacionamiento de los colectivos que cu­bren el servicio de transporte urbano de pasajeros; y,


Considerando:

Que el aumento constante del parque automotor en el área urbana y la reciente instalación de semáforos, exigen el permanente estudio de normas tendientes a un mejor ordenamiento del transito vehicular.
Que atento a ello, se hace necesario modificar las disposiciones referentes al estacionamiento de los colectivos de las líneas urbanas de pasajeros, en razón de que el régimen actual no permite, en la zona céntrica que los mismos se acerquen convenientemente al cordón de la vereda para el ascenso y descenso de los pasajeros debido al escaso espacio para maniobras que generalmente se encuentra disponible.
Que ello puede subsanarse estableciendo las paradas al comienzo de la cuadra con lo que los conductores dispondrán de toda la bocacalle para efectuar la maniobra de estacionamiento con espacio suficiente para hacerlo correctamente.
Que tal medida, además de reducir las posibilidades de entorpecimiento del tránsito, redundará en un mayor margen de seguridad en el ascenso y descenso de los pasajeros.

Por todo ello:


LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Fijar como lugar para la parada de los colectivos afectados al transporte urbano de pasajeros, "El Comienzo de Cada Cuadra", sobre el lado derecho a continuación de la zona destinada a senda peatonal.

Art. 2 - El Departamento Ejecutivo Municipal de acuerdo con las carac­terísticas del tránsito, determinará las esquinas en las que se destinará espacio para el estaciona­miento de los colectivos de las líneas de transporte urbano de pasajeros, dispondrá la reserva de dichos espacios y su adecuada señalización.

Art. 3 - Derógase la Ordenanza Nº 52/84 y toda otra disposición que se oponga a lo ordenado por la presente.

Art. 4 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 27 días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y siete.

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