Visto: PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 26 DE NOVIEMBRE DE 1987
Los Expedientes Nº 185/D/186/86; 185/D/86 Cde. 1, en los cuales el Señor José Ernesto Bonavita domiciliado en calle Mariano I. Loza Nº 927, y la Señora Hortensia Thomas de Anello, con domicilio en Colón Nº 1.291, ambos de esta ciudad, solicitan se regularice su situación de poseedores legítimos de sendos lotes en el Cementerio "La Soledad" donde tienen edificados panteones y sepultados restos de familiares; y,
Considerando:
Que en el caso del Señor José Bonavita él mismo ha abonado la totalidad del precio de adquisición del lote según recibos cuyas fotocopias constan en estas actuaciones.
Que respecto a la Señora Hortensia Thomas de Anello, el lote Nº 52 del Solar Nº 6 que ella posee tiene edificado un panteón muy antiguo donde reposan los restos de varias generaciones de sus antecesores familiares, entre ellos del Coronel Plácido Martínez, cuyo nombre lleva una plaza de Goya y fuera destacada figura de la historia provincial, habiéndose perdido la documentación que pudo existir.
Que en ambos casos procede y corresponde regularizar la situación jurídica de tales posesiones, mediando dictamen favorable de Asesoría Letrada para que así lo disponga este Honorable Concejo Deliberante.
Por ello:
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Otorgar la concesión a perpetuidad del Lote Nº 16 - Solar 8, de 3 mts de frente por 3,75 mts de fondo, con iguales contrafrente y contrafondo, superficie de 11,25 mts2, del Cementerio "La Soledad" al Señor José Ernesto Bonavita, L.E. Nº 1.785.282, domiciliado en calle Mariano I. Loza Nº 927 de la Ciudad de Goya.
Art. 2 - Otorgar la concesión a perpetuidad del Lote Nº 52 - Solar 6, de 6,90 mts de frente por 6,55 mts de fondo, con iguales contrafrente y contrafondo, superficie de 45,19 mts, del Cementerio "La Soledad" a la Señora Hortensia Thomas de Anello, L.C. Nº 4.907.163, domiciliada en Colón Nº 1.291 de la Ciudad de Goya.
Art. 3 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir las respectivas escrituras públicas, cuyos gastos y honorarios estarán a cargo de los nombrados.
Art. 4 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 10 días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y siete.