PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 03 DE FEBRERO DE 1988
Visto:
El expediente Nº 8/E/88, y;
Considerando:
Que lo presentado por la Empresa "San Antonio S.R.L." se ajusta a lo establecido en el contrato y que ha sido debidamente corroborado, según surge del dictamen de la Subsecretaria de Hacienda y Economía.
Que las tarifas para esta servicio se ajustan al cálculo establecido en el artículo octavo del contrato suscripto en su oportunidad.
Por todo ello:
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Se establece las siguientes tarifas para el servicio público de transporte urbano de pasajeros las que regirán a partir de la fecha que se promulgue la Ordenanza correspondiente:
Tarifa BÁSICA A 0,70
Tarifa Común A 1,00
Tarifa Escolar A 0,35
Art. 2 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 2 días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y ocho.