PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 23 DE MARZO DE 1988
Visto:
Las disposiciones del artículo 51 de al Ley Orgánica y lo dispuesto por las Ordenanzas 30/84 y 188/86, y;
Considerando:
Que por ordenanza 188 del 22/1/86 se incrementaron los fondos destinados a Caja Chica hasta la suma de A 50 con reposición de gasta tres veces por mes.
Que evidentemente esta suma ha quedado desactualizada por la que se hace necesario adecuar a las actuales circunstancias económicas financieras los fondos dinerales acordados para la atención de los gastos menores del Honorable Concejo Deliberante; para que estos fondos representen una real utilidad se hace necesario modificar el artículo 1 de la Ordenanza 188 aumentando los fondos.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a ampliar los fondos destinados para Caja Chica hasta la suma de A 200, con reposición de hasta tres veces por mes, no acumulativos en un período a otro y contra la correspondiente rendición del fondo anterior a reponer, lo que serán puesto a disposición de la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante.
Art. 2 - La presenta Ordenanza entrará en vigencia a partir del mes de marzo del corriente año.
Art. 3 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 22 días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y ocho.