ORDENANZA Nº 290

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 04 DE MAYO DE 1988
Visto:

La regulación de honorarios efectuada por el Juzgado de 1era. Instancia de lo Civil, Comercial y Laboral Nº 2 de Goya, en los autos caratulados "Ojeda Lago Silvia Beatriz c/Municipalidad de Goya s/Ordinaria (Escrituración); expediente Nº 21.056.


Considerando:

Que por autos Nº 201 del 4 de febrero de 1.987 el Juzgado interviniente reguló los honorarios profesionales al Dr. JUAN Humberto López Ríos apoderado de la actora, en la suma de A 1.100, atento a las labores realizadas, naturaleza cuantía del asunto y a lo dispuesto por los artí­culos 2, 5, 39 y 29 de la Ley de honorarios vigente, al Tasador Señor Carlos Alberto Prino por la tasación presentada en autos (fs. 79) en la suma de A 150,00 atento a la labor realizada y a lo dispuesto por el artículo 51 de la ley de honorarios vigente, a cargo de la demanda (artículo Nº 5 Ley Nº 4122).
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 166 de la Constitución de la Provincia, com­pete al Honorable Concejo Deliberante arbitrar el pago de dicha deuda.
Que estando ajustado a derecho de regulación y siendo conveniente solucionar la deuda evi­tando el transcurso del tiempo la aumento por indemnización.
Por todo ello:


LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal que por intermedio de la Secretaría de Ha­cienda y Economía se arbitren los medios financieros necesarios para que le sean abonados los honorarlos regulados al Dr. Juan Humberto López Ríos al martillero Carlos Alberto Prino, en los autos caratulados "Ojeda de Lagos, Silvia Beatriz c/Municipalidad de Goya s/ordinario (es­crituración)" Expediente Nº 21056, conforme la cédula de notificación Nº 215 del Juzgado In­terviniente, debiendo liquidarse los mismos actualizados o con mas los intereses previstos en la Ley 4122 de aranceles.

Art. 1 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 12 días del mes de abril de mil novecientos ochenta y ocho.

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