PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 06 DE JULIO DE 1988
Visto:
El Proyecto de Ordenanza presentada por el Departamento Ejecutivo Municipal, y;
Considerando:
El expediente Nº 128/E/88 Cds. 5 presentado por la Empresa "San Antonio S.R.L." solicitando incrementos de tarifas para el transporte urbano de pasajeros.
Que estudiando los comprobantes que justifican el pedido de elevación del boleto surge que no obstante haberse seguido un procedimiento correcto, de acuerdo al dictamen de la Subsecretaría de Hacienda, se pudo constatar diferencias en los valores.
Por todo ello:
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Se establece los siguientes valores para el servicio de transporte urbano de pasajeros las que regirán a partir de la fecha que se promulgue la presente:
Tarifa Básica A 1,70
Tarifa Común A 2,38
Tarifa Escolar A 0,85
Art. 2 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 5 días del mes de julio de mil novecientos ochenta y ocho.