PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 20 DE JULIO DE 1988
Visto:
El Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal
Considerando:
Que es necesario y conveniente ampliar el término acordado en la Ordenanza Nº 287/88 del Honorable Concejo Deliberante, en su artículo 13 debido a inconvenientes que se han presentado para una adecuada atención al público, como ser huelga del Personal administrativo y receso de invierno.
Que conforme a la evolución en los pedidos de acogimiento recibidos y las recaudaciones realizadas, el Departamento Ejecutivo Municipal estima que existen contribuyentes que pueden aun pueden acogerse al régimen, manteniéndose la zona dentro de su época de mayor actividad.
Por todo ello:
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Ampliar en 60 (sesenta) días mas contados desde su vencimiento, el plazo acordado al Departamento Ejecutivo Municipal en el artículo 13 de la Ordenanza Nº 287/88.
Art. 2 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 19 días del mes de julio de mil novecientos ochenta y ocho.