ORDENANZA Nº 590

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 25 DE FEBRERO DE 1994
Visto:

El Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal y lo dispuesto por Ordenanza Nº 570 de fecha 18 de agosto de 1.993; y,


Considerando:

Que han surgido en la práctica diversos inconvenientes para la adecuada instrumentación de lo dispuesto por la Ordenanza Nº 570/93.

Que asimismo, ante la resistencia generalizada puesta de manifiesto por los usuarios de ciclomotores, mediante notas remitidas al Departamento Ejecutivo Municipal y publicaciones efectuadas por los distintos medios de difusión; se hace necesario lograr un mayor grado de concientización por parte de la población para la aplicación de la disposición mencionada, a cuyos efectos aparece como conveniente suspender por un plazo de 180 días la vigencia de dicha norma.

Por todo ello:


LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Suspender por 180 días la vigencia de la Ordenanza Nº 570/93.

Art. 2 - Condonar las multas que se pudieren haber aplicado en función de la Ordenanza Nº 570/93.

Art. 3 - Encomendar al Departamento Ejecutivo Municipal intensifique la campaña de difusión dispuesta en el artículo 3 de la Ordenanza Nº 570/93 del Honorable Concejo Deliberante.

Art. 4 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 23 días del mes de febrero de mil novecientos noventa y cuatro.

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