ORDENANZA Nº 608

PROMULGADA POR RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 3413 DE FECHA 25  DE JULIO DE 1994


Visto:

El Expediente Nº 182/94 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre la prohibición de extracción de suelo del Parque Industrial; y,


Considerando:

Que existe una Junta de Promoción Industrial, las Ordenanzas Nº 130, 258, 308 y demás normativas vigentes tendientes a la creación del Parque Industrial de Goya.

Que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Goya continúa extrayendo suelo del lugar destinado a la construcción del Parque Industrial para transportarlo con otro destino, dejando profundos y extensos pozos que luego son rellenados con basuras y desperdicios de todo tipo, sin ningún tratamiento, clasificación, ni metodología que no solo asegure la no contaminación, sino también la estructura del suelo que actualmente queda totalmente inutilizada para el destino previsto.

Que además, la extracción de suelo se produce en lugares altos y en forma indiscriminada, sin tener en cuenta la existencia del Proyecto Ejecutivo para el Parque Industrial que prevé la ubicación de accesos, calles, infraestructura de todo tipo y por supuesto, los determinados por las industrias.

Que de continuarse con la extracción de suelo y rellenado con basura en la forma que se está haciendo, se inutilizará gran parte del inmueble y con ello se afectará definitivamente un proyecto tan caro a nuestra ciudad como lo es el Parque Industrial de Goya.

Por todo ello.


LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Prohíbese la extracción de suelo de los inmuebles de propiedad Municipal destinados a la construcción del Parque Industrial de Goya.

Art. 2 - Facúltase al Sr. Intendente Municipal a proceder al estudio técnico de factibilidad para proceder al rellenado y saneamiento de los inmuebles referidos en el artículo anterior.

Art. 3 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 22 días del mes de junio de mil novecientos noventa y cuatro.

Copyright © 2008 - 2024 | Honorable Concejo Deliberante. Diseño: IN-CO-NE - Goya (Ctes.)