PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 23 DE NOVIEMBRE DE 1994
Visto:
La nota presentada por la Federación de Trabajadores del Tabaco de la República Argentina; y,
Considerando:
Que siendo una entidad gremial que no hizo uso de la excepción establecida para el impuesto inmobiliario y tasa de retribución de servicios.
Que de acuerdo al informe de la Secretaría de Hacienda, la deuda en estos conceptos supero los $ 32.000.
Que la entidad gremial en cuestión, solicita una quita del 30%, basada en la Ordenanza Nº 561/93 que premiaba la presentación espontánea y el pago al contado, teniendo en cuenta lo abultado de la deuda y que esta deuda se origina por una omisión de un simple deber formal.
Que así lo entiende el dictamen de Asesoría Letrada.
Por ello:
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar una quita del 30% del total de la deuda actualizada que mantiene la Federación de Trabajadores del Tabaco de la República Argentina con el Municipio en concepto de Impuesto Inmobiliario y Tasa de Retribución de Servicios.
Art. 2 - La deuda deberá ser abonada de contado en un plazo no mayor de 15 días de promulgada la presente.
Art. 3 - Los fondos ingresados serán destinados en un 100% al pago de haberes del personal Municipal.
Art. 4 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 26 días del mes de octubre de mil novecientos noventa y cuatro.