ORDENANZA Nº 648

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 6 DE DICIEMBRE DE 1994
Visto:

Los Expedientes "I/112/94" y "I/112/94 - Cde. 1" y el proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal; y,


Considerando:

Que en la Ciudad de Goya existe un amplio sector de la población que habitan en viviendas precarias y que no tienen acceso, dad la falta de recursos, a los planes ordinarios del Instituto de Vivienda de Corrientes.

Que la Ciudad de Goya es una de las que representa un mayor porcentaje de viviendas ranchos en toda la provincia.

Que el In.Vi.Co. - Gerencia E.P.A.M. - proyecta la construcción de 135 viviendas en esta ciudad, para lo cual resulta necesario que la Municipalidad de Goya provea los terrenos en que habrán de construirse.

Que de esa forma favorecen objetivos prioritarios del Gobierno Comunal en el campo del bienestar social, tal como el de dotar de viviendas a personas de escasos recursos.

Que el sistema E.P.A.M. además de proveer de viviendas, tiene otros objetivos, como ser la elevación de conocimientos técnicos de los participantes, el seguimiento social de los mismos, el estímulo participativo y comunitario y de solidaridad social.

Que de esta forma, se lograría incluso, un mejor ordenamiento urbanístico de la ciudad.

Que de acuerdo al informe de Asesoría Letrada no existen impedimentos leales para la donación de los inmuebles de propiedad de la Municipalidad de Goya.

Que por lo tanto, es necesario a fin de cumplimentar los requisitos legales, ceder en donación al Instituto de Vivienda de Corrientes los inmuebles de propiedad Municipal, sito en la Manzana Nº 70, fracción de la Manzana Nº 90, fracción de la Manzana Nº 91, fracción de la Manzana Nº 14 y fracción de la Manzana Nº 15 del Plano Oficial de la Ciudad de Goya.

Por ello y de acuerdo a lo establecido en el artículo 58, inciso 19 de la Carta Orgánica e la Municipalidad de Goya:


LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Donar al Instituto de Vivienda de Corrientes (In.Vi.Co.) los siguientes inmuebles de la Municipalidad de Goya, individualizados como:

A)    Manzana Nº 70 inscripta dentro en mayor extensión, en el Registro de la Propiedad Inmueble, Corrientes, en el Libro Diario bajo Nº 72, Matrícula Nº 2299 - Departamento de Goya, en fecha 12/01/78; en la Dirección General de Catastro bajo Adrema I1-13090-1 y en los Registros de la Municipalidad de Goya, Tomo 24, Folio Nº 16.360, Año 1.978, Duplicado de Mensura y División Nº 4559-N (un total de 32 lotes).

B)    Lote Nº 1 al Lote Nº 10 inclusive, Lote Nº 14 al Lote Nº 26 inclusive y Lote Nº 27 al Lote Nº 52 inclusive de la Manzana Nº 90, inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble, Corrientes, en el Libro Diario bajo el Nº 3216, Matrícula Nº 5256, Departamento de Goya, en fecha 27/03/81 en la Dirección General de Catastro bajo Adrema I1-11285-1 y en los Registros de la Municipalidad de Goya, Tomo 45, Folio Nº 18.084, Año 1.981, Duplicado de Mensura y División Nº 2316-N (un total de 49 lotes).

C)    Lote Nº 40 al Lote Nº 51 inclusive de la Manzana Nº 91, inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble, Corrientes, en el Libro Diario bajo el Nº 15.473, Matrícula Nº 3943, Departamento de Goya, en fecha 21/11/79, en la Dirección General de Catastro bajo Adrema I1-11312-1 y en los Registros de la Municipalidad de Goya, Tomo 44, Folio Nº 17.162, Año 1.980, Duplicado de Mensura y División Nº 2888-N (un total de 12 lotes).

D)    Lote Nº 3 al Lote Nº 11 inclusive y Lote Nº 15 al Lote Nº 23 inclusive de la Manzana Nº 14, inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble, Corrientes, en el Libro Diario bajo el Nº 13390, Matrícula Nº 8981, Departamento de Goya, en fecha 08/12/84 en la Dirección General de Catastro bajo Adrema I1-18452-1 y en los Registros de la Municipalidad de Goya, Tomo 49, Folio Nº 20.749, Año 1.985, Duplicado de Mensura y División Nº 4551-N (un total de 18 lotes).

E)     Lote Nº 1 al Lote Nº 24 inclusive de la Manzana Nº 15, inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble, Corrientes, en el Libro Diario bajo el Nº 13.390, Matrícula Nº 8982, Departamento de Goya, en fecha 08/12/84, en la Dirección General de Catastro bajo Adrema I1-11514-1; y en los Registros de la Municipalidad de Goya, Tomo 49, Folio Nº 20.750, Año 1.985, Duplicado de Mensura y División Nº 3045-N (un total de 24 lotes).

Art. 2 - La presente donación se hace con el cargo al Instituto de Vivienda de Corrientes a construir en los inmuebles donados un total de 135 viviendas por medio de la Gerencia del E.P.A.M. en el plazo de 24 meses contados a partir de la aceptación de la presente donación.

Art. 3 - Los gastos que demande la escritura traslativa del dominio será a cargo de la donatario.

Art. 4 - El In.Vi.Co. deberá comunicar en forma fehaciente a este Municipio, en un plazo de 60 días (60) a partir de la notificación de la presente Ordenanza, la aceptación de la donación con los cargos referidos, avalada con la correspondiente documentación.

Art. 5 - La inobservancia de los cargos establecidos, o el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, causará de pleno derecho la revocación de la donación y el reintegro a la Municipalidad de Goya de los inmuebles donados.

Art. 6 - Al otorgar la escritura traslativa del dominio se dejará constancia que la Municipalidad no queda obligada por evicción.

Art. 7 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los días del mes de de mil novecientos noventa y cuatro.

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