ORDENANZA Nº 652

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 23 DE DICIEMBRE DE 1994


Visto:

El Expediente Nº 191/94 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Ordenamiento del Tránsito y Ampliación de la "Avenida José Jacinto Rolón";


Considerando:

La complejidad del tránsito de la Avenida José Jacinto Rolón y los continuos accidentes que se producen con daños en los bienes y las personas.

Que la citada arteria es actualmente la de mayor tránsito de la ciudad de Goya.

Que siendo el ancho de la calzada solamente de 8 metros y la circulación y la circulación de doble mano, el estacionamiento actual de cualquier vehículo automotor en una de las manos autorizadas, obstaculiza de modo tal el tránsito, que hace desviar necesariamente, los vehículos que transitan por dicha mano, hacia la mano contraria; produciéndose así el encuentro con otros automotores, ciclomotores, bicicletas, etc. que transitan en sentido contrario.

Que en virtud de la Ordenanza Nº 108/74 que estableció el ancho de la Avenida J. J. Rolón en 18 metros, la mayoría de las propiedades privadas han retirado la línea de edificación, dejando la vía pública - entre veredas y calzadas - del ancho requerido. Existen todavía algunas propiedades públicas y privadas, que no han dado cumplimiento a dicha Ordenanza.

Que en citada Avenida, se han producido la mayoría de accidentes de tránsito en esta ciudad, algunos de los cuales con pérdidas de vidas humanas. Que si bien mochos de ellos se deben a negligencia de los conductores y peatones, una de las causas principales y eficientes de los accidentes, es la circulación de doble mano con estacionamiento vehicular sobre la calzada.

Que no existiendo en la actualidad ningún proyecto ejecutivo de alternativa de circulación por otra arteria, de ejecución inmediata; siendo necesario en consecuencia el tránsito de doble mano, resulta imperativo legislar y así eliminar una de las causales más importantes de producción de los accidentes que es el estacionamiento sobre la calzada.

Que atento a que esta prohibición de algún modo perjudicará a los vecinos y comerciantes ubicados sobre la Avenida y a que existen espacios suficientes para el estacionamiento vehicular entre la calzada y la línea de edificación, en as cuadras donde se ha dado cumplimiento a la Ordenanza citada, se establecerán nuevas medidas para el ancho de veredas y zona de estacionamiento.

Por todo ello:


LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Prohíbese el estacionamiento de todo tipo de vehículos sobre la calzada de la Avenida José Jacinto Rolón en toda su extensión y en la Avenida Francisco Sá, desde la intersección de Avenida Sarmiento hasta la calle Irigoyen, durante la 24 horas del día. Esta prohibición entrará en vigencia a los Treinta Días (30) de la publicación de la presente Ordenanza.

Art. 2 - La circulación, estacionamiento, espacios libres y zonas de veredas deberá efectuarse conforme al plano que como Anexo I, forma parte de la presente Ordenanza. El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a la demarcación de las zonas establecidas conforme al plano mencionado.

Art. 3 - Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar el estacionamiento sobre la calzada, exclusivamente para carga y descarga, en las cuadras donde no se pueden realizar obras de dársenas, norma que regirá por el plazo de un año.

Art. 4 - Derógase las Ordenanzas Nº 118/85 y 128/85.

Art. 5 - Las operaciones de cargas y descargas serán permitidas únicamente de 6 a 9 horas.

Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 7 días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro.

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