ORDENANZA Nº 670

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 14 DE AGOSTO DE 1995


Visto:

El Expediente Nº 300/95 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre la modificación de la Ordenanza Nº 575/93 que crea el "Proyecto de Defensas de Goya"; y,


Considerando:

Lo establecido en el Capítulo V - Consejo Consultivo de la Ordenanza Nº 575/93 que crea el PRO.DE.CO.

Que el mencionado capítulo establece en su artículo 11 la creación del Consejo Consultivo para el Proyecto de Defensas de Goya presidido por el Sr. Intendente Municipal.

Que, asimismo establece la composición del mencionado Concejo convocado a integrar la mima a autoridades provinciales (inciso a), a otras autoridades Municipales (incisos b); convocando asimismo a representantes de empresas prestadoras de servicios, sean estas públicas o privadas (inciso g) - h) y j)).

Que, para la integración del PRO.DE.CO. también convoca a la Universidad Nacional del Nordeste (inciso k).

Que determina la Ordenanza la integración del ente con: "Un Miembro del Honorable Concejo Deliberante que fuera designado al efecto" (inciso c).

Que esta designación de un miembro en representación del Cuerpo Legislativo de la ciudad aparece como insuficiente a poco que se advierta que desde el establecimiento de la Carta Orgánica Municipal, la misma confía al Cuerpo no solo las tareas que tradicionalmente le competían, sino el propio Gobierno Municipal (artículo 39).

Que, del estudio de la composición definitiva del Consejo Consultivo resulta que el espíritu de la norma es integrar el mismo de una manera absolutamente plural, convocando a todos los sectores interesados de la comunidad.

Que, para ello no tuvo en cuenta el número de integrantes del Consejo Consultivo, dado que faculta incluso al Sr. Intendente Municipal a convocar a "Cualquier otra Institución".

Que por ello resulta conveniente integrar el Consejo Consultivo del PRO.DE.CO. con un Concejal de cada Bloque Político del Honorable Concejo Deliberante.

Por todo ello:


LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Modificar el inciso c) artículo 11 de la Ordenanza 575/93, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Un representante de cada Bloque de Partido o Alianza Política integrante del Honorable Concejo Deliberante, designados por estos al efecto".

Art. 2 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 9 días del mes de agosto de mil novecientos noventa y cinco.

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