ORDENANZA Nº 710

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 24 DE ABRIL DE 1996
Visto:

El Expediente Nº 372 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal sobre Solicitud de Autorización de Horas Extras; y,


Considerando:

Que el Secretario de Obras y Servicios Públicos mediante Expediente Nº 76/O/96, solicita una ampliación en el cupo de horas extras, en virtud de necesitarlas por razones de mejor servicios y a los efectos de cubrir necesidades imperiosas de la Comunidad, en una cantidad de 1.894 horas aproximadamente.

Que por Expediente Nº 159/D/96 presentado por el Director de Tránsito, solicita se le otorgue un cupo de 492 horas extras, para el Personal de Inspectores de Tránsito, a fin de cubrir servicio en la XXII Edición de la "Fiesta Nacional del Surubí" y XI "Expo Goya", a desarrollarse en Plaza Italia, con carácter excepcional.

Que el Administrador General del Pro.De.Co. requiere para el fiel cumplimiento del objetivo propuesto, un cupo de 540 horas mensuales, cuyo detalle se adjunta, para los trabajos de operación y mantenimiento de estaciones de bombeo, limpieza de cámaras, sumideros, durante las emergencias pluviales, crecida del río, etc.

Por todo ello:


LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Modificar el artículo 8 de la Ordenanza Nº 695, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Prohibir la realización de Horas Extraordinarias en el período establecido por el artículo 1 de la presente. Exceptúase de lo anterior las Horas Extraordinarias destinadas a la prestación de Funciones Esenciales del Municipio por el Término de 60 días hasta un máximo de 1.984 para la Secretaría de Obras y Servicios Públicos; 540 horas para el Pro.De.Co. mensuales promedio; y con carácter excepcional por la Fiesta Nacional del Surubí 492 horas para la Dirección de Tránsito, la que se adoptarán previa Resolución fundada por el Departamento Ejecutivo Municipal con copia al Honorable Concejo Deliberante y a la Comisión de Seguimiento de la Emergencia. Las limitaciones al ejercicio de esta facultad son las emergentes de las normas de "Higiene y Seguridad del Trabajo. (Ley Nº 19.587)". Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer la utilización de hasta 615 horas extras por cuadra, para el caso de ejecución de Obras de Pavimentación".

Art. 2 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 24 días del mes de abril de mil novecientos noventa y seis.

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