ORDENANZA Nº 779

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 12 DE MARZO DE 1997


Visto:

El Expediente Nº 478/96 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Regularización Situación de Terrenos Municipales (adjudicación en venta a la Sra. Sunilda Lucía Soto); y,


Considerando:

El Expediente Nº 456/96 por el cual la Señora Sunilda Lucía Soto solicita la compra del terreno donde se halla viviendo.

Que el inmueble solicitado se halla debidamente inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.

Que el solicitante se halla viviendo e introdujo mejoras en el respectivo inmueble (Lote).

Que se halla dentro de las condiciones establecidas dentro de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada no existe impedimento para acceder a lo solicitado.

Por todo ello, y en virtud a las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal:


                                       LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Adjudicar en venta a la Sra. Sunilda Lucía Soto D. N. I. Nº 17.567.765, viuda, domiciliada en calle Perú Nº 1.327 de esta ciudad; el Lote Nº 4 de la Manzana Nº 109, constante de 10,00 mts. de frente e igual contrafrente por 28,04 mts. de fondo e igual contrafondo; lindando al Norte con el Lote Nº 3, al Sur con el Lote Nº 5, al Este con fracción de lotes Nº 15 y 16 y al Oeste con calle Perú, con una superficie total de 280,38 mts.2, de acuerdo al Duplicado de Mensura Nº 2.856-N. Inscripto (dentro de una mayor extensión) en el Registro de la Propiedad Inmueble - Corrientes, en el Libro Diario Nº 6.188 Matrícula 7.121, Departamento de Goya, en fecha 27/06/83. En la Dirección General de Catastro - Corrientes bajo Adrema I1-11453-1; y en Catastro Municipal Tº 47, Fº 19.495 Año 1.983.

Art. 2 - El precio de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Art. 3 - La Municipalidad de Goya no responderá por evicción ni vicios redibitorios.

Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Venta en la forma y condiciones establecidos en la presente Ordenanza, como así también agregar todo lo que sea en resguardo de los intereses municipales.

Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a Firmar la pertinente Escritura Traslativa de Dominio, una vez abonado el total del precio establecido.

Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 12 días del mes de marzo de mil novecientos noventa y siete.

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