ORDENANZA Nº 830

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 28 DE MAYO DE 1997


Visto:

El Expediente Nº 542/96 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre regularización de Terrenos Municipales (adjudicación en venta a la Sra. Elena Dominga Villán); y,


Considerando:

El Expediente Nº "V/8/97" por el cual la Señora Elena Dominga Villán solicita la compra del terreno donde se halla viviendo.

Que el inmueble solicitado se halla debidamente inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.

Que el solicitante se halla viviendo e introdujo mejoras en el respectivo inmueble (lote).

Que se halla dentro de las condiciones establecidas dentro de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada no existe impedimento para acceder a lo solicitado.

Por todo ello, y en virtud a las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal:


                                    LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Adjudicar en venta a la Sra. Elena Dominga Villán D. N. I. Nº 10.035.428, casada, domiciliada en calle Perú Nº 1.387 de esta ciudad; el Lote Nº 11 de la Manzana Nº 109, constante de 11,50 mts. de frente e igual contrafrente por 28,04 mts. de fondo e igual contrafondo; lindando al Norte: Lote Nº 10, al Sur: Lote Nº 12, al Este: Baldío y al Oeste con calle Perú, con una superficie total de 322,44 mts.2, de acuerdo al Duplicado de Mensura Nº 2.856-N. Inscripto (dentro de una mayor extensión) en el Registro de la Propiedad Inmueble Corrientes. En el Libro Diario Nº 6.188 Matrícula 7.121, Departamento de Goya, en fecha 27/06/83. En la Dirección General de Catastro Corrientes, bajo Adrema I1-17164-1; y en Catastro Municipal Tº 47, Fº 19.495 Año 1.983.

Art. 2 - El precio de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Art. 3 - La Municipalidad de Goya no responderá por evicción ni vicios redibitorios.

Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Venta en la forma y condiciones establecidos en la presente Ordenanza, como así también agregar todo lo que sea en resguardo de los intereses municipales.

Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a Firmar la pertinente Escritura Traslativa de Dominio, una vez abonado el total del precio establecido.

Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 28 días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete.

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